Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2021-1663)
BOP-2021-1663 Convenio de delegación de la gestión tributaria y recaudatoria con el Ayuntamiento de Herguijuela.
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O.A.R.G.T. y demás normativa aplicación.
OCTAVA.- CONFECCIÓN DE PADRONES Y RECIBOS.
La confección de padrones y recibos corresponde al Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria, asumiendo el Ayuntamiento el pago de dicho servicio conforme a la
Ordenanza Fiscal aprobada por el O.A.R.G.T.
NOVENA.- ANTICIPOS AL AYUNTAMIENTO A CUENTA DE LA RECAUDACIÓN.
El O.A.R.G.T. deberá practicar al Ayuntamiento de HERGUIJUELA los siguientes anticipos:
a) Mensualmente, entre el 1 y el 15 de cada mes deberá ingresar en la Tesorería
Municipal un anticipo a cuenta sobre la recaudación en voluntaria de dicho ejercicio,
cuyo importe vendrá determinado por el 75% de lo recaudado en el ejercicio anterior por
tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva, dividido entre doce;
pudiéndose actualizar esas entregas en función de aumentos en los padrones o nuevas
delegaciones ya recaudadas. Por lo que se refiere a la recaudación por el IAE
únicamente computará a favor del Ayuntamiento la parte de ingresos que corresponda a
la cuota tributaria municipal pues la parte correspondiente al recargo provincial lo hará a
favor de la Diputación Provincial.
La concesión de estos anticipos de tesorería no generará ningún coste financiero para el
Ayuntamiento siempre que su calendario fiscal sea el fijado por el O.A.R.G.T.
b) Para el resto de los ingresos de derecho público cuya recaudación haya sido
delegada en el O.A.R.G.T. distintos de los recogidos en la letra a) de esta cláusula, el
Ayuntamiento podrá solicitar la transferencia de los fondos recaudados según se regula
en el apartado 3º de la cláusula décima.
c) El Ayuntamiento podrá solicitar en circunstancias singulares anticipos extraordinarios
respecto a los anteriores que serán concedidos por el Presidente del O.A.R.G.T. de
acuerdo con las condiciones y criterios acordados en cada momento por el Consejo de
Administración del organismo. En este supuesto, el Ayuntamiento asumirá el coste
financiero que para el O.A.R.G.T. represente la operación de tesorería que haya de
concertar a fin de conceder el anticipo solicitado.
CVE:
BOP-2021-1663
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
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