Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-1661)
BOP-2021-1661 Bases Convocatoria subvenciones JUVENTAS EMPLEA.
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Provincial de Cáceres para la anualidad 2021 en la aplicación 2021.04.2417.4700019, en un
importe de 121.500,00€, y en la aplicación 2021.04.2417.4700020, en un importe de
105.300,00€. Siendo el importe total de 226.800,00€ DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL
OCHOCIENTOS EUROS.
CUANTÍA.
La cuantía máxima de la subvención será de CINCO MIL SETECIENTOS EUROS (5.700 €) por
cada contratación indefinida realizada, que corresponden al 50% del Salario Mínimo
Interprofesional vigente en 2021 por 12 meses. (SMI*nº meses*0,50). Siempre que el contrato
se hubiera mantenido por un periodo de 12 meses.
En los casos que el contrato se mantuviera durante un periodo igual o mayor a 6 meses hasta
un máximo de 12 meses, se procederá al prorrateo de dicha cantidad según lo establecido en
el punto 10 de la Base Primera.
Para el cálculo de las mismas se consideran la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto-
ley 38/2020, de 29 de diciembre, donde se establece la prórroga de la vigencia del Real
Decreto 231/2020, de 4 de febrero, hasta tanto se apruebe el Real Decreto por el que se fija el
salario mínimo interprofesional para el año 2021, y el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero
por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020, en 31,66 euros/día o 950
euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y
el órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las
circunstancias así lo aconsejaran, motivando la resolución.
COMPROMISOS DE LA DIPUTACIÓN.
La Diputación aportará a cada beneficiario/a la cantidad que se apruebe por la
Presidencia y siempre conforme a lo solicitado, para dedicarlo a la realización del
objeto descrito.
Las ayudas previstas tienen carácter prepagable; de acuerdo con lo establecido en la
base 41 de las de Ejecución del Presupuesto de la Diputación para 2021 y, además,
no será exigible la prestación de garantía de acuerdo con lo establecido en la citada
base y según prevé el artículo 42.2 del Reglamento General de Subvenciones.
La concesión y el abono de la subvención se realizarán una vez que el beneficiario
haya presentado completa y correctamente su solicitud, en el modelo facilitado al
efecto, como se indica en la base sexta “Solicitudes" y, en su caso, la documentación
que se le requiera a efectos de subsanación de la misma.
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
Pág. 7663
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Provincial de Cáceres para la anualidad 2021 en la aplicación 2021.04.2417.4700019, en un
importe de 121.500,00€, y en la aplicación 2021.04.2417.4700020, en un importe de
105.300,00€. Siendo el importe total de 226.800,00€ DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL
OCHOCIENTOS EUROS.
CUANTÍA.
La cuantía máxima de la subvención será de CINCO MIL SETECIENTOS EUROS (5.700 €) por
cada contratación indefinida realizada, que corresponden al 50% del Salario Mínimo
Interprofesional vigente en 2021 por 12 meses. (SMI*nº meses*0,50). Siempre que el contrato
se hubiera mantenido por un periodo de 12 meses.
En los casos que el contrato se mantuviera durante un periodo igual o mayor a 6 meses hasta
un máximo de 12 meses, se procederá al prorrateo de dicha cantidad según lo establecido en
el punto 10 de la Base Primera.
Para el cálculo de las mismas se consideran la Disposición Adicional Sexta del Real Decreto-
ley 38/2020, de 29 de diciembre, donde se establece la prórroga de la vigencia del Real
Decreto 231/2020, de 4 de febrero, hasta tanto se apruebe el Real Decreto por el que se fija el
salario mínimo interprofesional para el año 2021, y el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero
por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020, en 31,66 euros/día o 950
euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y
el órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las
circunstancias así lo aconsejaran, motivando la resolución.
COMPROMISOS DE LA DIPUTACIÓN.
La Diputación aportará a cada beneficiario/a la cantidad que se apruebe por la
Presidencia y siempre conforme a lo solicitado, para dedicarlo a la realización del
objeto descrito.
Las ayudas previstas tienen carácter prepagable; de acuerdo con lo establecido en la
base 41 de las de Ejecución del Presupuesto de la Diputación para 2021 y, además,
no será exigible la prestación de garantía de acuerdo con lo establecido en la citada
base y según prevé el artículo 42.2 del Reglamento General de Subvenciones.
La concesión y el abono de la subvención se realizarán una vez que el beneficiario
haya presentado completa y correctamente su solicitud, en el modelo facilitado al
efecto, como se indica en la base sexta “Solicitudes" y, en su caso, la documentación
que se le requiera a efectos de subsanación de la misma.
CVE:
BOP-2021-1661
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de abril de 2021
N.º 0071
Pág. 7663