Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2021-1657)
BOP-2021-1657 Aprobacion Bases-Convocatoria. Bolsa de Trabajo. Peon Albañil, Peón Jardinería y Peón Fontanería.
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HÁBILES para la subsanación de las deficiencias. Los/las aspirantes que dentro del plazo
señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación
justificando su derecho a ser incluidos/as en la relación de admitidos/as, serán definitivamente
excluidos/as del procedimiento.
A estos efectos, en ningún caso se considerarán deficiencias subsanables la falta de
presentación en plazo de documentación alguna relacionada con los méritos, sino sólo la
imperfecta presentación de algún documento que impida al Tribunal una correcta valoración del
documento aportado o que le genere dudas el documento presentado.
Finalizado dicho plazo, se dictará nueva Resolución con publicación de la lista definitiva de
admitidos/as y excluidos/as así como la composición del Tribunal de Selección, señalando día,
hora y lugar de realización del ejercicio de oposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento y
en su sede electrónica.
Si todos/as los/las aspirantes fuesen inicialmente admitidos/as al procedimiento se dictará una
única Resolución.
TRIBUNAL DE SELECCION.- Para la composición del Tribunal Calificador, como órgano
colegiado, se deberán tener en cuenta los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus
miembros, y se tenderá, cuando sea posible, a la paridad entre hombres y mujeres.
El Tribunal se integrará en la categoría correspondiente a la clasificación del anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, corresponda. Si se nombrase un único Tribunal Calificador
para todas las categorías profesionales, la categoría será la más alta de los puestos que
concurran. Dicho Tribunal calificador estará constituido por:
Un/a Presidente/a: Funcionario/a de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento.
3 Vocales: Funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento o de
otras Administraciones Públicas.
Un Secretario/a: Funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento.
El Tribunal quedará integrado, además, por personal suplente respectivo, que simultáneamente
con las personas titulares habrán de designarse. Todos los/las miembros del Tribunal tendrán
voz y voto.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y todos/as poseerán titulación
igual o superior con las personas a las exigidas para las plazas convocadas.
CVE:
BOP-2021-1657
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de abril de 2021
N.º 0070
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