Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-1640)
BOP-2021-1640 Bases reguladoras de la convocatoria de pruebas selectivas, para la cobertura en propiedad de una plaza de Conductor/a de grúa, mediante el sistema de oposición libre. Personal laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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miembros, y se tenderá, en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, estando constituido por un número impar de
miembros no inferior a cinco, todos ellos funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo con
nivel de titulación igual o superior al exigido para la plaza objeto de la presente convocatoria,
resultando de la siguiente forma:
Presidencia:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
Vocales:
Dos empleados/as públicos/as designados/as por la Alcaldía.
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
Secretaría:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía, que tendrá voz y voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, Plaza Mayor, 1, Cáceres.
Las organizaciones sindicales que formen parte de la mesa de negociación correspondiente
recibirán información sobre el desarrollo del proceso selectivo, pudiendo participar como
observadores en todas las fases y actos del mismo a excepción de aquellos en los que se
delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
El órgano de selección puede disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista para todas o algunas de las pruebas. Este personal colaborará exclusivamente en
el ejercicio de sus especialidades técnicas.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de
las personas miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la
CVE:
BOP-2021-1640
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de abril de 2021
N.º 0069
Pág. 7390
cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, estando constituido por un número impar de
miembros no inferior a cinco, todos ellos funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo con
nivel de titulación igual o superior al exigido para la plaza objeto de la presente convocatoria,
resultando de la siguiente forma:
Presidencia:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía.
Vocales:
Dos empleados/as públicos/as designados/as por la Alcaldía.
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Junta de Extremadura.
Secretaría:
Un/a empleado/a público/a designado/a por la Alcaldía, que tendrá voz y voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, Plaza Mayor, 1, Cáceres.
Las organizaciones sindicales que formen parte de la mesa de negociación correspondiente
recibirán información sobre el desarrollo del proceso selectivo, pudiendo participar como
observadores en todas las fases y actos del mismo a excepción de aquellos en los que se
delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
El órgano de selección puede disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista para todas o algunas de las pruebas. Este personal colaborará exclusivamente en
el ejercicio de sus especialidades técnicas.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de
las personas miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la
CVE:
BOP-2021-1640
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de abril de 2021
N.º 0069
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