Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2021-1630)
BOP-2021-1630 Plan Estratégico de Subvenciones Ayuntamiento de Plasencia Ejercicio 2021.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
ARTÍCULO 2. VIGENCIA.
La vigencia del presente Plan Estratégico de Subvenciones se establece para el ejercicio
económico 2021.
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico no se hubiese aprobado aún un nuevo
Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de
actuación que se vayan a seguir realizando, siempre que, para ello se cuente con consignación
presupuestaria adecuada y suficiente.
ARTÍCULO 3. OBJETIVOS GENERALES.
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico, los siguientes:
a) Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que propongan el
establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo, elaboren un Plan
Estratégico de Subvenciones.
b) Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes programas de ayuda y
subvenciones del Ayuntamiento, un conjunto de principios y bases de ejecución
comunes a los mismos.
c) Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES.
Son principios generales de este plan los siguientes:
1. Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa en la convocatoria
previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad
en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de
conformidad con lo establecido al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y en la Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones
del Ayuntamiento de Plasencia.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los
términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
2. Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este principio se materializa en
CVE:
BOP-2021-1630
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de abril de 2021
N.º 0068
Pág. 7329
La vigencia del presente Plan Estratégico de Subvenciones se establece para el ejercicio
económico 2021.
En el supuesto de que concluido el ejercicio económico no se hubiese aprobado aún un nuevo
Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de
actuación que se vayan a seguir realizando, siempre que, para ello se cuente con consignación
presupuestaria adecuada y suficiente.
ARTÍCULO 3. OBJETIVOS GENERALES.
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico, los siguientes:
a) Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que propongan el
establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo, elaboren un Plan
Estratégico de Subvenciones.
b) Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes programas de ayuda y
subvenciones del Ayuntamiento, un conjunto de principios y bases de ejecución
comunes a los mismos.
c) Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES.
Son principios generales de este plan los siguientes:
1. Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa en la convocatoria
previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad
en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de
conformidad con lo establecido al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y en la Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones
del Ayuntamiento de Plasencia.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los
términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
2. Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este principio se materializa en
CVE:
BOP-2021-1630
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de abril de 2021
N.º 0068
Pág. 7329