Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2021-1630)
BOP-2021-1630 Plan Estratégico de Subvenciones Ayuntamiento de Plasencia Ejercicio 2021.
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Justificación de la totalidad de los gastos para los que se concedió la subvención,
con los documentos exigidos por la normativa: facturas, nóminas, seguros
sociales, etc…, originales o copias compulsadas, acreditándose el pago de las
mismas. O relación clasificada de los gastos detallados, según se exiga en las
bases de la convocatoria o convenio.
Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y procedencia.
b) Que se acredita la justificación del importe total subvencionado y el fin para el que se
concedió, con los documentos y justificantes requeridos por la normativa.
O en caso contrario, que no se cumplen los requisitos expresados anteriormente, debiendo
requerir a la entidad beneficiaria para la subsanación de deficiencias. Y en caso de no
procederse en ese sentido, iniciar el procedimiento de reintegro de la subvención, como
determinan los artículos 37 LGS, así como 91 y 92 del Reglamento de la LGS.
3. La Intervención realizará las funciones de control interno que la normativa reguladora (Real
Decreto 128/2018, Real Decreto Legislativo 2/2004 y Real Decreto 427/2017), exige en relación
con la materia de subvenciones.
RESULTANDO. Que con fecha de 6 de abril de 2021, se ha emitido INFORME DE CONTROL
FINANCIERO por la Intervención General del Ayuntamiento de Plasencia, para su inclusión al
expediente y sirva de conocimiento al órgano competente para la aprobación del Plan
Estratégico de Subvenciones 2021, indicando expresamente que deberá acreditarse la
justificación de los gastos de la actividad subvencionada (el importe total de la misma, no
únicamente la parte subvencionada) y el fin para el que se concedió, con los documentos y
justificantes requeridos por la normativa.
En caso contrario, que no se cumplan los requisitos expresados anteriormente, se debe
requerir a la entidad beneficiaria para la subsanación de las deficiencias. Y en el caso de no
procederse en ese sentido, iniciar el procedimiento de reintegro de la subvención, como
determinan los artículos 37 LGS y 91 y 92 del Reglamento de la LGS.
Por todo lo anterior, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda:
PRIMERO. Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia para
el Ejercicio 2021, e incluir en el mismo las siguientes líneas de subvención:
ORGANO GESTOR: Concejalía de Interior, Fomento, Distritos, Entidades locales menores,
Comunicación e Innovación.
CVE:
BOP-2021-1630
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de abril de 2021
N.º 0068
Pág. 7337
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Justificación de la totalidad de los gastos para los que se concedió la subvención,
con los documentos exigidos por la normativa: facturas, nóminas, seguros
sociales, etc…, originales o copias compulsadas, acreditándose el pago de las
mismas. O relación clasificada de los gastos detallados, según se exiga en las
bases de la convocatoria o convenio.
Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y procedencia.
b) Que se acredita la justificación del importe total subvencionado y el fin para el que se
concedió, con los documentos y justificantes requeridos por la normativa.
O en caso contrario, que no se cumplen los requisitos expresados anteriormente, debiendo
requerir a la entidad beneficiaria para la subsanación de deficiencias. Y en caso de no
procederse en ese sentido, iniciar el procedimiento de reintegro de la subvención, como
determinan los artículos 37 LGS, así como 91 y 92 del Reglamento de la LGS.
3. La Intervención realizará las funciones de control interno que la normativa reguladora (Real
Decreto 128/2018, Real Decreto Legislativo 2/2004 y Real Decreto 427/2017), exige en relación
con la materia de subvenciones.
RESULTANDO. Que con fecha de 6 de abril de 2021, se ha emitido INFORME DE CONTROL
FINANCIERO por la Intervención General del Ayuntamiento de Plasencia, para su inclusión al
expediente y sirva de conocimiento al órgano competente para la aprobación del Plan
Estratégico de Subvenciones 2021, indicando expresamente que deberá acreditarse la
justificación de los gastos de la actividad subvencionada (el importe total de la misma, no
únicamente la parte subvencionada) y el fin para el que se concedió, con los documentos y
justificantes requeridos por la normativa.
En caso contrario, que no se cumplan los requisitos expresados anteriormente, se debe
requerir a la entidad beneficiaria para la subsanación de las deficiencias. Y en el caso de no
procederse en ese sentido, iniciar el procedimiento de reintegro de la subvención, como
determinan los artículos 37 LGS y 91 y 92 del Reglamento de la LGS.
Por todo lo anterior, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda:
PRIMERO. Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia para
el Ejercicio 2021, e incluir en el mismo las siguientes líneas de subvención:
ORGANO GESTOR: Concejalía de Interior, Fomento, Distritos, Entidades locales menores,
Comunicación e Innovación.
CVE:
BOP-2021-1630
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de abril de 2021
N.º 0068
Pág. 7337