Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo. (BOP-2021-1610)
BOP-2021-1610 Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida.
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2. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá a la persona solicitante para que,
en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, estando
obligado el Ayuntamiento a dictar resolución expresa sobre esta solicitud.
3. Una vez comprobado por el Ayuntamiento que el solicitante reúne los requisitos establecidos
en el artículo 4, comunicará los datos necesarios a la consejería con competencia en materia
de transporte para su cotejo e inclusión en el registro de tarjetas, con solicitud simultánea de
emisión de la correspondiente tarjeta de estacionamiento.
4. Si se detectase por parte de la Consejería con competencias en materia de transporte
impedimento para la concesión de la tarjeta de estacionamiento, y una vez que se haya
remitido comunicación de dicho impedimento al Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo este
realizará las comprobaciones oportunas para subsanar las posibles deficiencias o, en su caso,
denegar razonadamente la solicitud de la tarjeta.
5. Una vez recibida en el Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo la tarjeta de estacionamiento
con su correspondiente número de registro, el Ayuntamiento cumplimentará y expedirá la
tarjeta en plazo no superior a diez días hábiles a contar desde su recepción, debiendo figurar
en la tarjeta de estacionamiento esta fecha de expedición, debiendo ser comunicada por el
Ayuntamiento al registro para su constancia y anotación.
6. Una vez concedida la tarjeta de estacionamiento el Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo
expedirá y presentará la tarjeta de estacionamiento a su titular o su representante legal para su
firma y, una vez firmadas, será plastificada de forma gratuita por el Ayuntamiento y entregada a
la persona interesada, junto con sus condiciones de uso, las cuales podrán incorporarse a la
resolución de concesión o extenderse en documento independiente.
ARTÍCULO 10.- VIGENCIA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO.
1. Las tarjetas de estacionamiento se concederán por períodos de cinco años.
2. En los supuestos de tarjetas de estacionamiento concedidas a personas con movilidad o
agudeza visual reducida de carácter transitorio, el plazo de vigencia estará supeditado a lo
establecido en el dictamen emitido por CADEX o el correspondiente órgano de la Consejería
con competencias en materia de acción social, no pudiendo superar, en ningún caso, el plazo
de vigencia de 5 años.
3. La tarjeta de estacionamiento con carácter provisional tendrá una validez máxima de un año,
prorrogable por un período igual, siempre que se mantengan las condiciones iniciales
CVE:
BOP-2021-1610
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
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en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, estando
obligado el Ayuntamiento a dictar resolución expresa sobre esta solicitud.
3. Una vez comprobado por el Ayuntamiento que el solicitante reúne los requisitos establecidos
en el artículo 4, comunicará los datos necesarios a la consejería con competencia en materia
de transporte para su cotejo e inclusión en el registro de tarjetas, con solicitud simultánea de
emisión de la correspondiente tarjeta de estacionamiento.
4. Si se detectase por parte de la Consejería con competencias en materia de transporte
impedimento para la concesión de la tarjeta de estacionamiento, y una vez que se haya
remitido comunicación de dicho impedimento al Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo este
realizará las comprobaciones oportunas para subsanar las posibles deficiencias o, en su caso,
denegar razonadamente la solicitud de la tarjeta.
5. Una vez recibida en el Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo la tarjeta de estacionamiento
con su correspondiente número de registro, el Ayuntamiento cumplimentará y expedirá la
tarjeta en plazo no superior a diez días hábiles a contar desde su recepción, debiendo figurar
en la tarjeta de estacionamiento esta fecha de expedición, debiendo ser comunicada por el
Ayuntamiento al registro para su constancia y anotación.
6. Una vez concedida la tarjeta de estacionamiento el Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo
expedirá y presentará la tarjeta de estacionamiento a su titular o su representante legal para su
firma y, una vez firmadas, será plastificada de forma gratuita por el Ayuntamiento y entregada a
la persona interesada, junto con sus condiciones de uso, las cuales podrán incorporarse a la
resolución de concesión o extenderse en documento independiente.
ARTÍCULO 10.- VIGENCIA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO.
1. Las tarjetas de estacionamiento se concederán por períodos de cinco años.
2. En los supuestos de tarjetas de estacionamiento concedidas a personas con movilidad o
agudeza visual reducida de carácter transitorio, el plazo de vigencia estará supeditado a lo
establecido en el dictamen emitido por CADEX o el correspondiente órgano de la Consejería
con competencias en materia de acción social, no pudiendo superar, en ningún caso, el plazo
de vigencia de 5 años.
3. La tarjeta de estacionamiento con carácter provisional tendrá una validez máxima de un año,
prorrogable por un período igual, siempre que se mantengan las condiciones iniciales
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