Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pedroso de Acim. (BOP-2021-1597)
BOP-2021-1597 Ordenanza reguladora de la expedición de tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
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denuncia, y no podrá hacer uso de los derechos reconocidos a los/as titulares de la
tarjeta de estacionamiento hasta la expedición de una nueva.
g) Siempre que el/la titular la renueve u obtenga un duplicado, deberá entregar la
anterior para su anulación. Se exceptúan los casos que implican pérdida, robo o
destrucción de la tarjeta de estacionamiento, salvo que esta aparezca, en cuyo caso sí
será obligatoria su entrega.
h) La tarjeta de estacionamiento será devuelta, por su titular o por sus herederos/as, al
Ayuntamiento de PEDROSO DE ACÍM cuando finalice el término de su vigencia, o
cuando sea revocada su concesión por haber dejado aquel/lla de cumplir los requisitos
exigidos para su otorgamiento, así como en los casos de fallecimiento de la persona
beneficiaria, caducidad de la tarjeta de estacionamiento o concurrencia de cualquier otra
causa que motive su invalidez.
2. El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta de
estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III.
COMPETENCIA, PROCEDIMIENTO, VIGENCIA, RENOVACIÓN Y DUPLICADOS.
ARTÍCULO 8. COMPETENCIA.
La Alcaldía será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de estacionamiento y
para el ejercicio de la potestad sancionadora en este ámbito.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
1. El expediente se iniciará a solicitud de la persona interesada mediante el impreso
normalizado, que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del
Ayuntamiento de PEDROSO DE ACÍM o por cualquiera de los medios previstos en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, acompañado de:
a) En caso de persona con discapacidad, además de dicho impreso se aportará:
1. Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
CVE:
BOP-2021-1597
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
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tarjeta de estacionamiento hasta la expedición de una nueva.
g) Siempre que el/la titular la renueve u obtenga un duplicado, deberá entregar la
anterior para su anulación. Se exceptúan los casos que implican pérdida, robo o
destrucción de la tarjeta de estacionamiento, salvo que esta aparezca, en cuyo caso sí
será obligatoria su entrega.
h) La tarjeta de estacionamiento será devuelta, por su titular o por sus herederos/as, al
Ayuntamiento de PEDROSO DE ACÍM cuando finalice el término de su vigencia, o
cuando sea revocada su concesión por haber dejado aquel/lla de cumplir los requisitos
exigidos para su otorgamiento, así como en los casos de fallecimiento de la persona
beneficiaria, caducidad de la tarjeta de estacionamiento o concurrencia de cualquier otra
causa que motive su invalidez.
2. El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta de
estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que
pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III.
COMPETENCIA, PROCEDIMIENTO, VIGENCIA, RENOVACIÓN Y DUPLICADOS.
ARTÍCULO 8. COMPETENCIA.
La Alcaldía será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de estacionamiento y
para el ejercicio de la potestad sancionadora en este ámbito.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
1. El expediente se iniciará a solicitud de la persona interesada mediante el impreso
normalizado, que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del
Ayuntamiento de PEDROSO DE ACÍM o por cualquiera de los medios previstos en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, acompañado de:
a) En caso de persona con discapacidad, además de dicho impreso se aportará:
1. Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
CVE:
BOP-2021-1597
Verificable
en:
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Lunes, 12 de abril de 2021
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