Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pedroso de Acim. (BOP-2021-1597)
BOP-2021-1597 Ordenanza reguladora de la expedición de tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad.
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ARTÍCULO 3.- ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN.
La presente ordenanza será de aplicación en el ámbito territorial de PEDROSO DE ACÍM.
Las tarjetas de estacionamiento concedidas por el Ayuntamiento de PEDROSO DE ACÍM
tendrán validez en el territorio de la comunidad autónoma Extremadura y en el resto del
territorio español, sin perjuicio de su utilización en todos los estados miembros de la Unión
Europea, en los términos que los respectivos órganos competentes tengan establecidos en
materia de ordenación y circulación de vehículos.
CAPÍTULO II.
TITULARES, CONDICIONES DE USO, DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/LAS
TITULARES.
ARTÍCULO 4.- TITULARES DEL DERECHO.
1. Podrán ser titulares de la tarjeta de estacionamiento las personas físicas que:
a) Se encuentren empadronadas/os y residiendo en el municipio de PEDROSO DE ACÍM.
b) Tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad, conforme a lo
establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social, y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
1º) Que presenten movilidad reducida, conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999,
de 23 de diciembre, de procedimiento para reconocimiento declaración y calificación del
grado de discapacidad, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y
reconocimiento del grado de discapacidad.
2º) Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con
corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, dictaminada por los
equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.
c) No se encuentren, por razón de su estado de salud u otras causas, imposibilitadas para
efectuar desplazamientos fuera de su domicilio habitual.
d) No sean titulares de una tarjeta de estacionamiento concedida anteriormente de conformidad
con el registro extremeño de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad por
movilidad reducida.
CVE:
BOP-2021-1597
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
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