Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2021-1584)
BOP-2021-1584 Bolsa de Personal Laboral eventual de "Auxiliar Administrativo/a", del Ayuntamiento de Madroñera (Cáceres) con cargo a la subvención de "II Plan Re-Activa Empleo" concedida por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En
dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, se concederá un plazo de dos días hábiles para la subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
QUINTA. COMISIÓN DE SELECCIÓN.
La Comisión de selección estará compuesta por cinco miembros, y sus respectivos suplentes:
El/la Presidente/a, Secretario/a y tres vocales. La Comisión no podrá constituirse válidamente
ni actuar sin la presencia al menos, de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, siendo
siempre necesaria la presencia del/a Presidente/a y Secretario/a. Las decisiones sobre las
posibles incidencias que se produzcan se resolverán por mayorías de votos de los/as
miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del/a Presidente/a de la
Comisión. Los/as miembros de la Comisión deberán abstenerse de formar parte del mismo
cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, notificándolo a la Alcaldía-Presidencia. Los/as aspirantes podrán recusarlos/as,
conforme establece el artículo 24 del citado cuerpo legal. Los/as miembros de la Comisión de
selección serán designados/as por la Alcaldía y tendrá la siguiente composición:
Un/a Presidente/a, designado/a por la Alcaldía de este Ayuntamiento, entre
funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo, que cumplan con los requisitos de
titulación.
Un/a Secretario/a, el del Ayuntamiento o funcionario/a que le/la sustituya.
Tres Vocales, designados/as por Alcaldía entre funcionarios/as de carrera o personal
laboral fijo.
En caso de que no se propongan por dichas Administraciones la Alcaldía los/as designará
libremente entre personal funcionario de carrera y laboral fijo de cualquier Administración
Pública, conforme al EBEP.
El Tribunal tendrá la categoría tercera, de conformidad con el artículo 30 del Real Decreto
462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Los/as miembros del
Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la
convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las
pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan
originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así
CVE:
BOP-2021-1584
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de abril de 2021
N.º 0067
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