Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. (BOP-2021-1550)
BOP-2021-1550 Información pública autorización administrativa previa y reconocimiento de utilidad pública, fotovoltaica Las Capellanías Uno, expediente GE-M/44/20.
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y formularse al mismo tiempo las alegaciones que se estimen oportunas, que deberán dirigirse
al citado Organismo, concediéndose al efecto un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Igualmente, los/las afectados/as dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos,
solo a los efectos de rectificar posibles errores, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento
de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular alegaciones procedentes por razón de lo
dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, llevará implícito en todo caso la necesidad
de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Mérida, 31 de marzo de 2021
Samuel Ruiz Fernández
DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS
CVE:
BOP-2021-1550
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en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de abril de 2021
N.º 0066
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