Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2021-1386)
BOP-2021-1386 Bases para la Convocatoria de Ayudas a Asociaciones, Agrupaciones y Entidades, para el desarrollo de Programas y Actividades Socio-Culturales y Participativas en la anualidad 2021.
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- Para los pagos efectuados en metálico deberá presentarse un recibo firmado por la empresa,
y con el sello identificativo de ésta, en el que conste que se ha realizado el pago en metálico.
Dichos pagos no podrán superar la cantidad de 250 Euros. Para el resto de pagos no
efectuados en metálico, se acompañará el justificante de la transferencia bancaria.
Las facturas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser originales o fotocopias compulsadas por el/la Secretario/a-Interventor/a o
funcionario/a en que delegue.
b) Estar datadas durante el año en que haya concedido la subvención, y si se trata de
una actividad puntual, en la fecha correspondiente a la mencionada actividad.
c) Datos del/la expedidor/a (nombre, apellidos, denominación social, NIF, domicilio, nº de
factura y firma).
d) Datos del/la destinatario/a (Asociación).
Sólo se considerará gasto realizado, el que ha sido efectivamente pagado antes de que finalice
el periodo de justificación.
El pago de las cantidades que conforman la subvención que se haya concedido se efectuará
dentro del ejercicio económico que corresponda, en función de la disponibilidad presupuestaria.
En caso de no existir crédito suficiente la concesión de la subvención quedaría sin efectos.
BASE NOVENA.- REVOCACIÓN DE LA AYUDA E INCOMPATIBILIDADES.
1º.- Si llegado el fin del período establecido no se hubiera cumplido la finalidad objeto de la
ayuda, el órgano competente de la corporación podrá solicitar la devolución de la cantidad
entregada.
2º.- Procederá el reintegro de las ayudas y, en su caso, la exigencia de interés de demora
desde el momento de pago en los siguientes casos: - Incumplimiento de la obligación de
justificación. - Incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida o de las condiciones
para la concesión.
3º.- El procedimiento de reintegro se efectuará de acuerdo con las normas establecidas
garantizándose, en todo caso, el derecho del/la interesado/a a la audiencia.
CVE:
BOP-2021-1386
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de marzo de 2021
N.º 0060
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