Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2021-1337)
BOP-2021-1337 Bases y Convocatoria de selección para la contratación, con carácter de Personal Laboral Contratado por duración determinada, de un/a Auxiliar Administrativo/a adscrito/a al Área de Cultura.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
parte en la convocatoria. En este caso la Alcaldesa-Presidenta formalizará el contrato a favor
del/a aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera
cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
3. Contratación. Dado que la contratación queda supeditada a la concesión de la subvención
por parte de la Diputación Provincial, ésta podrá darse por extinguida en tanto se tenga
constancia expresa negativa, mediante resolución, de la concesión de esta ayuda.
Presentada la documentación y siendo esta conforme, se formalizará el contrato de trabajo.
Quien sin causa justificada, no se incorporase a su puesto de trabajo, en el plazo marcado en
el contrato, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados
de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.
En el indicado plazo, si procede, el/la nombrado/a deberá ejercitar la opción prevista en el
artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá
que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras administraciones
públicas, en el que viniera desempeñando.
Igualmente, el/la seleccionado/a estará sujeto a las restantes disposiciones de la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre.
DÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE LISTA DE ESPERA.
Concluido el proceso selectivo, con los/as aspirantes declarados/as aptos/as y que no hayan
tenido cabida en el número de puestos a contratar, se formulará una lista de espera o bolsa de
trabajo.
Esta lista de espera podrá emplearse para posteriores contrataciones laborales, por duración
determinada, para cubrir puestos de trabajo de similares características al que es objeto de
esta convocatoria. Se excluirán de esta bolsa las contrataciones que requieran de otros
sistemas selectivos. En todo caso, la permanencia en esta lista no generará ningún derecho de
contratación.
Los/as aspirantes estarán ordenados/as, en la lista de espera o bolsa de trabajo, conforme a
los siguientes criterios:
En caso de empate el Tribunal seleccionará al/la aspirante que mayor puntuación haya
obtenido en el ejercicio de la oposición, si se mantiene el empate se recurrirá a un sorteo
público.
CVE:
BOP-2021-1337
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6149
del/a aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera
cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
3. Contratación. Dado que la contratación queda supeditada a la concesión de la subvención
por parte de la Diputación Provincial, ésta podrá darse por extinguida en tanto se tenga
constancia expresa negativa, mediante resolución, de la concesión de esta ayuda.
Presentada la documentación y siendo esta conforme, se formalizará el contrato de trabajo.
Quien sin causa justificada, no se incorporase a su puesto de trabajo, en el plazo marcado en
el contrato, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados
de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.
En el indicado plazo, si procede, el/la nombrado/a deberá ejercitar la opción prevista en el
artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá
que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de servicios en otras administraciones
públicas, en el que viniera desempeñando.
Igualmente, el/la seleccionado/a estará sujeto a las restantes disposiciones de la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre.
DÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE LISTA DE ESPERA.
Concluido el proceso selectivo, con los/as aspirantes declarados/as aptos/as y que no hayan
tenido cabida en el número de puestos a contratar, se formulará una lista de espera o bolsa de
trabajo.
Esta lista de espera podrá emplearse para posteriores contrataciones laborales, por duración
determinada, para cubrir puestos de trabajo de similares características al que es objeto de
esta convocatoria. Se excluirán de esta bolsa las contrataciones que requieran de otros
sistemas selectivos. En todo caso, la permanencia en esta lista no generará ningún derecho de
contratación.
Los/as aspirantes estarán ordenados/as, en la lista de espera o bolsa de trabajo, conforme a
los siguientes criterios:
En caso de empate el Tribunal seleccionará al/la aspirante que mayor puntuación haya
obtenido en el ejercicio de la oposición, si se mantiene el empate se recurrirá a un sorteo
público.
CVE:
BOP-2021-1337
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 29 de marzo de 2021
N.º 0059
Pág. 6149