Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2021-1253)
BOP-2021-1253 Bases/Convocatoria para la constitucion de una Bolsa de Trabajo en las categorias de Peon de Limpieza de edificios, Peon de Limpieza viaria y Peon de Recogida de residuos sólidos urbanos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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SEGUNDA.- REQUISITOS GENERALES DE ACCESO.
Para tomar parte en el concurso-oposición será necesario reunir, en la fecha de expiración del
plazo señalado para la presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, o la nacionalidad de alguno de los Estados miembros
de la Unión Europea o extranjero en los términos de la Ley Orgánica 4/ 2000, de 11 de
enero, reformada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración social.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
e) No hallarse incurso/a en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad
establecidos en la legislación vigente.
f) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico o certificado
equivalente para cada una de las categorías convocadas, especificadas en el ANEXO II.
Las equivalencias con los títulos alegados que no tengan carácter general, deberán acreditarse
por el/la aspirante mediante Resolución individualizada de la Administración educativa de la
Comunidad Autónoma que corresponda.
Aquellos/as aspirantes que aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas,
habrán de citar la disposición legal en que se reconozca la homologación o equivalencia o, en
su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio competente en materia
de educación o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión, o en condiciones de
obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento por el departamento
ministerial competente.
CVE:
BOP-2021-1253
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de marzo de 2021
N.º 0057
Pág. 5841
Para tomar parte en el concurso-oposición será necesario reunir, en la fecha de expiración del
plazo señalado para la presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, o la nacionalidad de alguno de los Estados miembros
de la Unión Europea o extranjero en los términos de la Ley Orgánica 4/ 2000, de 11 de
enero, reformada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración social.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
e) No hallarse incurso/a en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad
establecidos en la legislación vigente.
f) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico o certificado
equivalente para cada una de las categorías convocadas, especificadas en el ANEXO II.
Las equivalencias con los títulos alegados que no tengan carácter general, deberán acreditarse
por el/la aspirante mediante Resolución individualizada de la Administración educativa de la
Comunidad Autónoma que corresponda.
Aquellos/as aspirantes que aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas,
habrán de citar la disposición legal en que se reconozca la homologación o equivalencia o, en
su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio competente en materia
de educación o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión, o en condiciones de
obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento por el departamento
ministerial competente.
CVE:
BOP-2021-1253
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de marzo de 2021
N.º 0057
Pág. 5841