Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. (BOP-2021-1238)
BOP-2021-1238 AT-9172. Proyecto de ejecución de línea eléctrica a 220 kV, simple circuito, ST Cáceres - ST Los Arenales, y 1ª Fase de la línea eléctrica a 220 kV, simple circuito, ST Trujillo - ST Los Arenales, en la provincia de Cáceres.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Segundo. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, se realizaron los trámites
indicados a continuación:
- Información pública del proyecto, por el plazo legalmente establecido, siendo realizadas
publicaciones en los siguientes medios:
Diario Oficial de Extremadura: 19/08/2019
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres: 30/07/2019
Periódico EXTREMADURA: 17/07/2019
Tablón de edictos del Ayuntamiento del municipio afectado. 25/07/2019
- Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés
general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados por el
proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo
siguiente:
- Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
- La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los
pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de
servicio público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización
administrativa previa por la Dirección General de Industria, Energía y Minas mediante
Resolución.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización
administrativa de construcción por la Dirección General de Industria, Energía y Minas mediante
Resolución .
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del Artículo 9 del Estatuto de Autonomía
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción,
almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio,
CVE:
BOP-2021-1238
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de marzo de 2021
N.º 0055
Pág. 5786