Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2021-1233)
BOP-2021-1233 Bases Convocatoria 1 Plaza de Técnico/a de Gestión de Archivos. (Funcionario/a de Carrera).
24 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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como la fecha y hora para la realización del primer ejercicio de la oposición.
En caso de no existir reclamaciones, la lista provisional se elevará a definitiva actuándose
conforme a lo señalado anteriormente.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
4.4. De las publicaciones.
La admisión y exclusión de candidatos se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Plasencia
https://sede.plasencia.es. Los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación.
QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1. Normativa del Tribunal.
El tribunal se conformará según el artículo 60 del Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado Público, artículo 8 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y artículo 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio. En todo lo no previsto
expresamente en estas bases, será de aplicación a los Tribunales Calificadores lo dispuesto
para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5.2. Normas generales.
Estará constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, debiendo designarse
el mismo número de suplentes. Se procurará que tengan un perfil profesional, administrativo o
académico acorde con las características funcionales del puesto objeto del proceso de
selección. No podrán estar formados mayoritariamente por funcionarios pertenecientes a la
misma especialidad objeto de la selección. Asimismo, la totalidad de sus miembros deberá
poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de
que se trate.
En la designación de sus miembros se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo
CVE:
BOP-2021-1233
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de marzo de 2021
N.º 0055
Pág. 5754
En caso de no existir reclamaciones, la lista provisional se elevará a definitiva actuándose
conforme a lo señalado anteriormente.
Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
4.4. De las publicaciones.
La admisión y exclusión de candidatos se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Plasencia
https://sede.plasencia.es. Los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación.
QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
5.1. Normativa del Tribunal.
El tribunal se conformará según el artículo 60 del Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado Público, artículo 8 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y artículo 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio. En todo lo no previsto
expresamente en estas bases, será de aplicación a los Tribunales Calificadores lo dispuesto
para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5.2. Normas generales.
Estará constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, debiendo designarse
el mismo número de suplentes. Se procurará que tengan un perfil profesional, administrativo o
académico acorde con las características funcionales del puesto objeto del proceso de
selección. No podrán estar formados mayoritariamente por funcionarios pertenecientes a la
misma especialidad objeto de la selección. Asimismo, la totalidad de sus miembros deberá
poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de
que se trate.
En la designación de sus miembros se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo
CVE:
BOP-2021-1233
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de marzo de 2021
N.º 0055
Pág. 5754