Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2021-1232)
BOP-2021-1232 Bases Convocatoria 2 plazas de Agente de Policía Local.
27 páginas totales
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caso de resultar seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
TERCERA.- PRESENTACION DE SOLICITUDES.
3.1- Instancias: En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, conforme al modelo
que aparece en el Anexo I y se facilitarán a los interesados en la Oficina de Información del
Ayuntamiento o en la página web municipal https://sede.plasencia.es
3.2- Los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos,
en los términos en que se recogen, en la base segunda, y que se comprometen a prestar
juramento, o promesa, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y
guardar, y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.
3.3- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde Presidente, se
presentarán en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina, o
conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.4- A la instancia se acompañarán los siguientes documentos:
- Fotocopia del D.N.I.
- Comprobante acreditativo del pago de los derechos de examen. La tasa es de 20 euros
y se abonará en la C/C ES 28 2048 1298 36 3400000033, de la entidad Liberbank. En el
documento debe figurar el NOMBRE Y APELLIDOS o el Nº del DNI del aspirante y se
hará constar la siguiente leyenda “Pruebas selectivas para 2 plazas de Agente de Policía
mediante Oposición Libre“. Los justificantes bancarios en los que no consten dichos
datos se tendrán por no presentados al no poder acreditar quién realiza el ingreso o el
concepto. La falta de presentación del resguardo acreditativo del abono de la tasa por
derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la
exclusión de los aspirantes al proceso selectivo, sin perjuicio de que se le otorgará plazo
para subsanar cuando se publique la lista provisional de admitidos y excluidos.
3.5-Derechos de examen.
Bonificaciones y exenciones de la tasa.
1.- Familias numerosas.
Tendrán una bonificación del 50% de la tasa, las familias numerosas de categoría
especial.
CVE:
BOP-2021-1232
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de marzo de 2021
N.º 0055
Pág. 5723
caso de resultar seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
TERCERA.- PRESENTACION DE SOLICITUDES.
3.1- Instancias: En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, conforme al modelo
que aparece en el Anexo I y se facilitarán a los interesados en la Oficina de Información del
Ayuntamiento o en la página web municipal https://sede.plasencia.es
3.2- Los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos,
en los términos en que se recogen, en la base segunda, y que se comprometen a prestar
juramento, o promesa, de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y
guardar, y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.
3.3- Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde Presidente, se
presentarán en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina, o
conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.4- A la instancia se acompañarán los siguientes documentos:
- Fotocopia del D.N.I.
- Comprobante acreditativo del pago de los derechos de examen. La tasa es de 20 euros
y se abonará en la C/C ES 28 2048 1298 36 3400000033, de la entidad Liberbank. En el
documento debe figurar el NOMBRE Y APELLIDOS o el Nº del DNI del aspirante y se
hará constar la siguiente leyenda “Pruebas selectivas para 2 plazas de Agente de Policía
mediante Oposición Libre“. Los justificantes bancarios en los que no consten dichos
datos se tendrán por no presentados al no poder acreditar quién realiza el ingreso o el
concepto. La falta de presentación del resguardo acreditativo del abono de la tasa por
derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la
exclusión de los aspirantes al proceso selectivo, sin perjuicio de que se le otorgará plazo
para subsanar cuando se publique la lista provisional de admitidos y excluidos.
3.5-Derechos de examen.
Bonificaciones y exenciones de la tasa.
1.- Familias numerosas.
Tendrán una bonificación del 50% de la tasa, las familias numerosas de categoría
especial.
CVE:
BOP-2021-1232
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de marzo de 2021
N.º 0055
Pág. 5723