Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2021-1232)
BOP-2021-1232 Bases Convocatoria 2 plazas de Agente de Policía Local.
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8.2- La puntuación final de la fase de oposición libre será el resultado de sumar las
puntuaciones alcanzadas en las distintas pruebas. En caso de empate, se resolverá atendiendo
a la mejor puntuación en el supuesto práctico, seguido del tipo test. De persistir el empate, se
dirimirá por sorteo público.
NOVENA.- PLAZO DE RECLAMACIONES TRAS CADA PRUEBA.
Tras la exposición provisional de la puntuación alcanzada en cada una de las fases de la
oposición, los candidatos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones
a la puntuación alcanzada. Esta fase no constituye un trámite de aportación de documentos
distintos a los presentados con anterioridad y que en todo caso, pueden no ser tenidos en
cuenta por el Tribunal Calificador.
DECIMA.- RELACION DE APROBADOS, PRESENTACION DE DOCUMENTOS.
10.1- Finalizadas las pruebas, el Tribunal formará la relación de los aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo por orden de puntuación final obtenida, no pudiendo ser superior
al de plazas convocadas. La lista se hará pública por los medios habituales que se expresan en
esta convocatoria, a saber, página web municipal y tablón de anuncios.
10.2- La lista que publique el Tribunal se elevará al Sr. Alcalde Presidente de la Corporación a
los efectos de que proceda al nombramiento como funcionarios en prácticas para que acudan a
la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para la superación del curso selectivo.
10.3- Presentación de documentos: Los aspirantes propuestos para su nombramiento estarán
obligados a presentar, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al
de la publicación de la lista de aprobados, todos los documentos acreditativos de las
condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria, salvo aquellos documentos
que ya hayan sido presentados previamente.
10.4- Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación, o no reunieran los
requisitos exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían
anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido
incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este
supuesto, la Alcaldía formulará nombramiento a favor del que siguiera en puntuación al
propuesto, siempre que el mismo haya superado todos los ejercicios eliminatorios.
10.5- Quienes tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento,
debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u Organismo Público
CVE:
BOP-2021-1232
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de marzo de 2021
N.º 0055
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