Sección III - Administración del Estado. Dirección General de Tráfico. Jefatura Provincial de Tráfico de Cáceres. (BOP-2021-1219)
BOP-2021-1219 Autorización destrucción vehículo 1822DNV.
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QUINTO.- El día 11 de septiembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres la comunicación en la que se le indicaba al propietario que tenía un plazo de un mes
para proceder a la retirada del vehículo del taller donde se encontraba.
SEXTO.- Una vez que transcurrió el mes que se le otorgaba al propietario para retirar el
vehículo sin haber procedido a la retirada del mismo, se procede a la retirada del mismo el día
3 de Febrero de 2020 y a depositarlo en el desguace DOCU CARD de Malpartida de Cáceres.
SÉPTIMO.- En fecha 26 de Octubre de 2020 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres el envío del vehículo 1822DNV al desguace DOCU-CARD otorgando un plazo de dos
meses para la retirada de este CAT, indicándole que en caso de no hacerlo se procedería a su
destrucción y descontaminación.
OCTAVO.- Ha transcurrido el plazo de dos meses desde la publicación y el propietario no ha
retirado su vehículo del CAT DOCU-CARD de la localidad de Malpartida de Cáceres (Cáceres).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Examinado el expediente, se comprueba que se cumplen todas las circunstancias
previstas en el artículo 106 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, para acordar
el tratamiento residual del vehículo en el Centro de Tratamiento Autorizado donde se
encuentra.
ACUERDO, autorizar el tratamiento residual y destrucción del vehículo.
Cáceres, 17 de marzo de 2021
Cristina Redondo Sánchez
JEFA PROVINCIAL DE TRÁFICO
CVE:
BOP-2021-1219
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5680
Cáceres la comunicación en la que se le indicaba al propietario que tenía un plazo de un mes
para proceder a la retirada del vehículo del taller donde se encontraba.
SEXTO.- Una vez que transcurrió el mes que se le otorgaba al propietario para retirar el
vehículo sin haber procedido a la retirada del mismo, se procede a la retirada del mismo el día
3 de Febrero de 2020 y a depositarlo en el desguace DOCU CARD de Malpartida de Cáceres.
SÉPTIMO.- En fecha 26 de Octubre de 2020 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres el envío del vehículo 1822DNV al desguace DOCU-CARD otorgando un plazo de dos
meses para la retirada de este CAT, indicándole que en caso de no hacerlo se procedería a su
destrucción y descontaminación.
OCTAVO.- Ha transcurrido el plazo de dos meses desde la publicación y el propietario no ha
retirado su vehículo del CAT DOCU-CARD de la localidad de Malpartida de Cáceres (Cáceres).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Examinado el expediente, se comprueba que se cumplen todas las circunstancias
previstas en el artículo 106 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, para acordar
el tratamiento residual del vehículo en el Centro de Tratamiento Autorizado donde se
encuentra.
ACUERDO, autorizar el tratamiento residual y destrucción del vehículo.
Cáceres, 17 de marzo de 2021
Cristina Redondo Sánchez
JEFA PROVINCIAL DE TRÁFICO
CVE:
BOP-2021-1219
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5680