Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerte. (BOP-2021-1196)
BOP-2021-1196 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida .
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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nueva.
g. Siempre que el/la titular la renueve u obtenga un duplicado, deberá entregar la anterior para
su anulación. Se exceptúan los casos que implican pérdida, robo o destrucción de la tarjeta,
salvo que ésta aparezca, en cuyo caso sí será obligatoria su entrega.
h. La tarjeta de estacionamiento será devuelta, por su titular o por sus herederos/as, al
Ayuntamiento de Jerte cuando finalice el término de su vigencia, o cuando sea revocada su
concesión por haber dejado aquél/lla de cumplir los requisitos exigidos para su otorgamiento,
así como en los casos de fallecimiento del/la beneficiario/a, caducidad de la tarjeta o
concurrencia de cualquier otra causa que motive su invalidez.
El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta de
estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o
penales que pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovación y
expedición de duplicados de la tarjeta de estacionamiento.
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El/la Alcalde/sa-Presidente/a será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito, quien podrá delegar en el/la concejal/a delegado/a que estime
oportuno.
2. Corresponderá a la Policía Local desarrollar las tareas de control y vigilancia de utilización
de las tarjetas, y de las plazas reservadas habilitadas al efecto.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del interesado mediante el impreso normalizado (ANEXO
I, II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento
de Jerte o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañada de:
a. En caso de persona con discapacidad, además de dicha solicitud se aportará:
a.1 Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
CVE:
BOP-2021-1196
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5511
nueva.
g. Siempre que el/la titular la renueve u obtenga un duplicado, deberá entregar la anterior para
su anulación. Se exceptúan los casos que implican pérdida, robo o destrucción de la tarjeta,
salvo que ésta aparezca, en cuyo caso sí será obligatoria su entrega.
h. La tarjeta de estacionamiento será devuelta, por su titular o por sus herederos/as, al
Ayuntamiento de Jerte cuando finalice el término de su vigencia, o cuando sea revocada su
concesión por haber dejado aquél/lla de cumplir los requisitos exigidos para su otorgamiento,
así como en los casos de fallecimiento del/la beneficiario/a, caducidad de la tarjeta o
concurrencia de cualquier otra causa que motive su invalidez.
El incumplimiento de estas obligaciones y la utilización fraudulenta de la tarjeta de
estacionamiento podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su
retirada temporal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o
penales que pudieran derivarse y de las sanciones previstas en esta ordenanza.
CAPÍTULO III Competencias, procedimiento de concesión, vigencia, renovación y
expedición de duplicados de la tarjeta de estacionamiento.
ARTÍCULO 8. COMPETENCIAS.
1. El/la Alcalde/sa-Presidente/a será el órgano competente para la concesión de la tarjeta de
estacionamiento, de las reservas de plazas de aparcamiento y para el ejercicio de la potestad
sancionadora en este ámbito, quien podrá delegar en el/la concejal/a delegado/a que estime
oportuno.
2. Corresponderá a la Policía Local desarrollar las tareas de control y vigilancia de utilización
de las tarjetas, y de las plazas reservadas habilitadas al efecto.
ARTÍCULO 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA TARJETA DE
ESTACIONAMIENTO.
1. El expediente se iniciará a solicitud del interesado mediante el impreso normalizado (ANEXO
I, II o III), que se presentará, una vez cumplimentado, en el Registro General del Ayuntamiento
de Jerte o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañada de:
a. En caso de persona con discapacidad, además de dicha solicitud se aportará:
a.1 Dos fotografías a color de tamaño carné, originales y actuales.
CVE:
BOP-2021-1196
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5511