Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2021-1186)
BOP-2021-1186 Delegación de Competencias de Alcaldía.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Extremadura,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
Cabezuela del Valle, 17 de marzo de 2021
María Luisa Yusta Calle
ALCALDESA-PRESIDENTA
CVE:
BOP-2021-1186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5463
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Extremadura,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
Cabezuela del Valle, 17 de marzo de 2021
María Luisa Yusta Calle
ALCALDESA-PRESIDENTA
CVE:
BOP-2021-1186
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de marzo de 2021
N.º 0054
Pág. 5463