Sección IV - Administración de Justicia. Juzgados de lo Social. UPAD de lo Social Nº 1. (BOP-2021-1173)
BOP-2021-1173 Notificación Sentencia P.O. 97/2020.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Notifíquese esta sentencia a las partes con instrucción de que no es firme y contra ella puede
interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura debiendo anunciarse en este juzgado por comparecencia ante S.S.ª el/la
Letrado/a de la administración de Justicia o por escrito presentado en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, contados a partir del siguiente al de notificación de la sentencia debiendo, de hacerlo
la parte demandada, consignar previamente el importe de la condena y TRESCIENTOS Euros
de depósito correspondientes al citado recurso de suplicación en la cuenta del JUZGADO DE
LO SOCIAL Nº 1 DE CÁCERES en el BANCO SANTANDER número 1144 - 000 - 65,
denominada " Cuenta de consignaciones y depósitos ". .
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido
dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que
contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que
requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio,
cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni
comunicados con fines contrarios a las leyes. Quéde el original en el libro de sentencias y
llévese testimonio del presente a los autos para su constancia y efectos.
Así por ésta, mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia la pronuncio mando y
firmo.”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a IBERICOS DE NUESTRA TIERRA,
S.L. , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres y tablón de anuncios de este Juzgado .
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la
resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la
comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se
trate de emplazamiento.
En CACERES a quince de marzo de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido
dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los
mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las
personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las
víctimas o perjudicados, cuando proceda.
CVE:
BOP-2021-1173
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de marzo de 2021
N.º 0053
Pág. 5404
interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Extremadura debiendo anunciarse en este juzgado por comparecencia ante S.S.ª el/la
Letrado/a de la administración de Justicia o por escrito presentado en el plazo de CINCO DÍAS
HÁBILES, contados a partir del siguiente al de notificación de la sentencia debiendo, de hacerlo
la parte demandada, consignar previamente el importe de la condena y TRESCIENTOS Euros
de depósito correspondientes al citado recurso de suplicación en la cuenta del JUZGADO DE
LO SOCIAL Nº 1 DE CÁCERES en el BANCO SANTANDER número 1144 - 000 - 65,
denominada " Cuenta de consignaciones y depósitos ". .
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido
dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que
contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que
requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio,
cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni
comunicados con fines contrarios a las leyes. Quéde el original en el libro de sentencias y
llévese testimonio del presente a los autos para su constancia y efectos.
Así por ésta, mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia la pronuncio mando y
firmo.”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a IBERICOS DE NUESTRA TIERRA,
S.L. , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres y tablón de anuncios de este Juzgado .
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la
resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la
comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se
trate de emplazamiento.
En CACERES a quince de marzo de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido
dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los
mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las
personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las
víctimas o perjudicados, cuando proceda.
CVE:
BOP-2021-1173
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 18 de marzo de 2021
N.º 0053
Pág. 5404