Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2021-1026)
BOP-2021-1026 Aprobación inicial Ordenanza Fiscal reguladora de Cementerio.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Alcuéscar
ANUNCIO. Aprobación inicial Ordenanza Fiscal reguladora de Cementerio.
Aprobada inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de Cementerio, por
Acuerdo del Pleno de fecha 05-03-2021, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de
Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día
siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser
examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/a en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el
texto de la modificación de la Ordenanza municipal estará a disposición de los/las
interesados/as en el portal web del Ayuntamiento [dirección
https://alcuescar.es
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente
aprobado el Acuerdo de modificación de la mencionada Ordenanza.
Alcuéscar, 7 de marzo de 2021
Dionisio Vasco Juez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-1026
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
Pág. 4851
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Alcuéscar
ANUNCIO. Aprobación inicial Ordenanza Fiscal reguladora de Cementerio.
Aprobada inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de Cementerio, por
Acuerdo del Pleno de fecha 05-03-2021, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de
Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día
siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser
examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/a en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el
texto de la modificación de la Ordenanza municipal estará a disposición de los/las
interesados/as en el portal web del Ayuntamiento [dirección
https://alcuescar.es
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente
aprobado el Acuerdo de modificación de la mencionada Ordenanza.
Alcuéscar, 7 de marzo de 2021
Dionisio Vasco Juez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-1026
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 11 de marzo de 2021
N.º 0048
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