Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Rivera de Fresnedosa. (BOP-2021-979)
BOP-2021-979 Convocatoria de pruebas selectivas, mediante el sistema de Concurso-Oposición libre para la contratación laboral temporal de un/a Trabajador/a Social para el Servicio Social de Atención Social Básica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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DECIMOCUARTA.- LISTA DE ESPERA.
Para formar parte de la lista es necesario haber superado el ejercicio de la fase de oposición.
Los/as aspirantes estarán colocados/as según el orden de puntuación del proceso.
La lista se utilizará para futuras contrataciones de carácter temporal, bien de sustitución de
trabajador/a social con derecho a la reserva del puesto de trabajo, bien por acumulación o
exceso de tareas con el máximo permitido por la ley, o de obra o servicio para ejecución de
programas.
El llamamiento se realizará mediante comunicación vía mail (si consta el dato en la instancia) o
por escrito al domicilio de notificaciones. Se otorgará un plazo para formular la contestación a
la oferta de trabajo, entendiendo que de no contestarse en el mismo se rechaza. En este caso,
se pasaría al/a siguiente de la lista.
En caso de cobertura urgente del puesto, la oferta de trabajo se realizará por teléfono
efectuando hasta 3 llamadas a lo largo de una mañana, debiendo contestarse la aceptación
como máximo al día hábil siguiente de la puesta a disposición.
La renuncia supone la exclusión de la lista, salvo que sea motivada por razón de enfermedad,
maternidad, paternidad o situaciones asimiladas o por estar trabajando. En estos casos, se
deberá acreditar por escrito, en el plazo de 10 días, la causa que impide incorporarse al
trabajo. Igualmente, el/la candidato/a debe comunicar a la Mancomunidad Rivera de
Fresnedosa cuando esté disponible para ser llamado/a de nuevo.
DECIMOQUINTA.- INCIDENCIAS.
1. La presente convocatoria en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en
los casos y en las normas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre
Procedimiento Común de las Administraciones Publicas.
2. Dicho Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas
y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará
facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las
pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases.
CVE:
BOP-2021-979
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de marzo de 2021
N.º 0045
Pág. 4717
Para formar parte de la lista es necesario haber superado el ejercicio de la fase de oposición.
Los/as aspirantes estarán colocados/as según el orden de puntuación del proceso.
La lista se utilizará para futuras contrataciones de carácter temporal, bien de sustitución de
trabajador/a social con derecho a la reserva del puesto de trabajo, bien por acumulación o
exceso de tareas con el máximo permitido por la ley, o de obra o servicio para ejecución de
programas.
El llamamiento se realizará mediante comunicación vía mail (si consta el dato en la instancia) o
por escrito al domicilio de notificaciones. Se otorgará un plazo para formular la contestación a
la oferta de trabajo, entendiendo que de no contestarse en el mismo se rechaza. En este caso,
se pasaría al/a siguiente de la lista.
En caso de cobertura urgente del puesto, la oferta de trabajo se realizará por teléfono
efectuando hasta 3 llamadas a lo largo de una mañana, debiendo contestarse la aceptación
como máximo al día hábil siguiente de la puesta a disposición.
La renuncia supone la exclusión de la lista, salvo que sea motivada por razón de enfermedad,
maternidad, paternidad o situaciones asimiladas o por estar trabajando. En estos casos, se
deberá acreditar por escrito, en el plazo de 10 días, la causa que impide incorporarse al
trabajo. Igualmente, el/la candidato/a debe comunicar a la Mancomunidad Rivera de
Fresnedosa cuando esté disponible para ser llamado/a de nuevo.
DECIMOQUINTA.- INCIDENCIAS.
1. La presente convocatoria en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la
misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en
los casos y en las normas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre
Procedimiento Común de las Administraciones Publicas.
2. Dicho Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas
y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará
facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las
pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases.
CVE:
BOP-2021-979
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de marzo de 2021
N.º 0045
Pág. 4717