Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara. (BOP-2021-978)
BOP-2021-978 Bases y convocatoria para la contratación laboral temporal de un/a Trabajador/a Social para la Mancomunidad Integral Villuercas Ibores Jara.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, y el
Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos.
12. INCIDENCIAS.
Contra las bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y
de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos
y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso selectivo, en
aquellos aspectos no previstos en las bases/convocatoria, con sujeción a lo dispuesto en la
legislación vigente.
Logrosán, 5 de marzo de 2021
Ana Josefa Abril Calles
PRESIDENTA
CVE:
BOP-2021-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de marzo de 2021
N.º 0045
Pág. 4702
Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos.
12. INCIDENCIAS.
Contra las bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y
de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos
y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso selectivo, en
aquellos aspectos no previstos en las bases/convocatoria, con sujeción a lo dispuesto en la
legislación vigente.
Logrosán, 5 de marzo de 2021
Ana Josefa Abril Calles
PRESIDENTA
CVE:
BOP-2021-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de marzo de 2021
N.º 0045
Pág. 4702