Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo. (BOP-2021-935)
BOP-2021-935 Modificación Ordenanza reguladora de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mesas, sillas y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo
ANUNCIO. Modificación Ordenanza reguladora de la Tasa por ocupación de
terrenos de uso público local con mesas, sillas y otros elementos análogos con
finalidad lucrativa.
SUMARIO
Visto que por Acuerdo de Pleno de 24 de noviembre de 2020 se aprobó de forma provisional la
Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de por OCUPACIÓN DE TERRENOS
DE USO PÚBLICO LOCAL CON MESAS, SILLAS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON
FINALIDAD LUCRATIVA
Visto que transcurrido los treinta días desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
n.º 9 no habiéndose presentado alegaciones, constando como tal en el expediente mediante
certificado de Secretaría en fecha de 1 de marzo de 2021.
Por ello, de conformidad con el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, debe
entenderse definitivamente adoptado el Acuerdo hasta este momento provisional. Con el
siguiente texto:
«ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO
PÚBLICO LOCAL CON MESAS, SILLAS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON
FINALIDAD LUCRATIVA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Debido a la crisis económica y sanitaria que estamos viviendo como consecuencia del covid-
19, los Municipios, en la medida de lo posible, debemos de contribuir a ayudar a nuestros/as
ciudadanos/as así como adoptar medidas para paliar los sacrificios económicos a las pequeñas
empresas, por ello, en el ámbito de competencia de los municipios, se propone añadir una
Disposición Adicional después del art. 5, que queda redactada como sigue:
CVE:
BOP-2021-935
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de marzo de 2021
N.º 0044
Pág. 4574
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo
ANUNCIO. Modificación Ordenanza reguladora de la Tasa por ocupación de
terrenos de uso público local con mesas, sillas y otros elementos análogos con
finalidad lucrativa.
SUMARIO
Visto que por Acuerdo de Pleno de 24 de noviembre de 2020 se aprobó de forma provisional la
Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de por OCUPACIÓN DE TERRENOS
DE USO PÚBLICO LOCAL CON MESAS, SILLAS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON
FINALIDAD LUCRATIVA
Visto que transcurrido los treinta días desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
n.º 9 no habiéndose presentado alegaciones, constando como tal en el expediente mediante
certificado de Secretaría en fecha de 1 de marzo de 2021.
Por ello, de conformidad con el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, debe
entenderse definitivamente adoptado el Acuerdo hasta este momento provisional. Con el
siguiente texto:
«ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO
PÚBLICO LOCAL CON MESAS, SILLAS Y OTROS ELEMENTOS ANÁLOGOS CON
FINALIDAD LUCRATIVA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Debido a la crisis económica y sanitaria que estamos viviendo como consecuencia del covid-
19, los Municipios, en la medida de lo posible, debemos de contribuir a ayudar a nuestros/as
ciudadanos/as así como adoptar medidas para paliar los sacrificios económicos a las pequeñas
empresas, por ello, en el ámbito de competencia de los municipios, se propone añadir una
Disposición Adicional después del art. 5, que queda redactada como sigue:
CVE:
BOP-2021-935
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de marzo de 2021
N.º 0044
Pág. 4574