Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. (03257/2025)
Nombramiento de funcionario de carrera como Agente de Policía Local
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Ayuntamiento de Medellín

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Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa según el artículo 52.2.a) de la Ley 7/85, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Alcalde en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación de la resolución según lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas o bien su impugnación directa ante el Juzgado de lo Contencioso de Administrativo competente en el plazo de dos
meses desde la publicación o notificación conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contenciosa Administrativa.
En el caso de que se haya interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición
interpuesto
En Medellín, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Rafael Mateos Torres.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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