Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (03270/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión como personal laboral fijo de una plaza de Oficial de Mantenimiento de Instalaciones Municipales mediante concurso-oposición por promoción interna, incluida en la relación de puestos de trabajo
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 3270/2025

categorías profesionales.
8.2.- Fase de oposición: 12 puntos. Constará de dos ejercicios obligatorios y no eliminatorios. El primero consistirá en
responder, en el plazo máximo de una hora, un cuestionario de 40 preguntas tipo test, que versará sobre las materias que
se relacionan como anexo a estas bases. Cada pregunta formulada tendrá tres opciones de respuesta, siendo una de ellas
únicamente la correcta. La puntuación a obtener oscilará entre 0 y 6 puntos, el criterio de corrección será el siguiente: por
cada respuesta correcta se otorgarán 0,15 puntos. El segundo ejercicio consistirá en superar una prueba de carácter
práctico, durante un período máximo de sesenta minutos, a criterio del Tribunal de Selección, y consistirá en la realización
de uno o varios supuestos de carácter práctico, iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente
antes del comienzo del ejercicio, que serán concernientes a las funciones del puesto de trabajo al que se opta y relacionada
con las materias específicas contenidas en el anexo de esta convocatoria y que pongan de manifiesto las aptitudes y
capacidad profesional de los aspirantes, en relación al puesto a desempeñar. La puntuación a obtener oscilará entre 0 y 6
puntos.
Se valorará fundamentalmente la capacidad de razonamiento y la sistemática en el planteamiento y formulación de
conclusiones.
La calificación definitiva del proceso selectivo se obtendrá por la suma de ambas fases (concurso y oposición) hasta un
máximo de 20 puntos.
En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación del ejercicio de la fase de oposición, caso de mantenerse, según los
servicios prestados para la administración pública en la categoría y opción convocada, como último recurso se efectuará
sorteo en sesión pública.
Novena.- Lista de aprobados y resolución contratación.
El Tribunal publicará la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en cada fase del presente proceso, concediéndose
un plazo de tres días hábiles para formular las reclamaciones y/o alegaciones que estimen oportunas, así como los
aprobados por orden de puntuación final total. De acuerdo con esta lista, se elevará al Sr. Alcalde-Presidente de la
Corporación la propuesta de contratación como personal laboral fijo, a favor del aspirante aprobado que haya logrado
obtener la mayor puntuación.
Publicada esta, previa notificación, se procederá a la contratación del aspirante como personal laboral fijo en el periodo que
se establezca. Quien, sin causa justificada, no formalice el contrato en la fecha que se determine, perderá todos los derechos
derivados de la superación de las pruebas selectivas y la propuesta conferida. La resolución de adjudicación de la plaza se
publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
Décima.- Presentación de la documentación.
En el plazo de los 10 días hábiles a contar de la publicación de la relación de aprobados, el aspirante que figure en primer
lugar deberá presentar los siguientes documentos:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación exigida en la base tercera.
c) Declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme o como consecuencia de
haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias
de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
d) Informe médico o declaración responsable, de no padecer enfermedad o discapacidad que impidan o
dificulte el ejercicio de las correspondientes funciones.
Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se
dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base tercera, se producirá la invalidez de sus actuaciones y
a la subsiguiente nulidad de los actos del órgano de selección con respecto a éste/a, sin perjuicio de la responsabilidad en
que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud. En tal caso, se procederá a la propuesta a favor del aspirante
siguiente por orden de puntuación obtenida.
Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la entidad convocante, a propuesta del Tribunal, procederá a la
contratación como personal laboral fijo, según se describe en la base novena.
Decimoprimera.- Incidencias.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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