Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. (03251/2025)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento regulador del uso, organización y funcionamiento del centro de educación infantil "Los Caramelos"
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Ayuntamiento de Hernán Cortés

Anuncio 3251/2025

Para favorecer el acceso a la Escuela Infantil se establecen 3 periodos de admisión:
– Enero: Se establece 30 días naturales tras la finalización del periodo festivo por Navidad.
– Marzo/abril: 30 días naturales tras la finalización del periodo festivo por Semana Santa.
– Septiembre: 30 días naturales tras la finalización del periodo festivo por las Fiestas Patronales celebradas en
torno al 8 de septiembre.
Artículo 13.- Criterios de admisión.
A.- Para la admisión será necesario que el/ la alumno/a, además de estar empadronado/a en la localidad,
deba tener cumplido un año y ser autónomo/a, es decir, caminar sin ayuda.
B.- La admisión de niño/as con retraso madurativo o discapacidad que afecte a la adquisición de la capacidad
de desplazamiento de forma autónoma será valorada por la Comisión Rectora, previo estudio de los informes
médicos correspondientes que deberá presentar la familia, siempre que el menor haya cumplido el citado
año.
Artículo 14.- Baremación.
A.- Una vez recibida las solicitudes, cuyo plazo de presentación se establecerá en cada momento y se
anunciará con la debida antelación, la persona titular de la Alcaldía dispondrá la instrucción del expediente
administrativo en orden a emitir la resolución sobre la adjudicación de plazas, puntuando, en cada caso,
conforme al baremo establecido.
B.- Se establecerá un plazo de presentación de reclamaciones de 5 días hábiles a contar desde la notificación
del acuerdo de adjudicación provisional, que serán revisadas por la Alcaldía una vez concluido el mismo. En
ningún caso podrá alterar los datos sustanciales aportados en el momento de la solicitud.
C.- Criterios de baremación:

Criterio

Puntos

Familia mono parental (trabaja).

3,00

Familia mono parental (no trabaja).

2,00

Sólo trabaja un/a miembro de la pareja progenitora.

2,00

Trabajan ambos/as miembros de la pareja progenitora.

3,00

Por cada hermano/a menor de 3 años con discapacidad.

0,50

Por cada hermano/a de entre 3 a 16 años con discapacidad.

0,50

D.- En caso de igualdad de puntuación, una vez finalizado el proceso de baremación, se resolverá por sorteo.
Artículo 15.- Formalización de matrícula.
A.- La formalización de la matrícula de los alumnos admitidos se realizará en el propio Ayuntamiento, dentro
del plazo establecido por el mismo.
B.- A efectos de formalizar la matrícula se debe aportar la siguiente documentación:
– Números de teléfono de ambos padres.
– Datos de la domiciliación bancaria.
– Correo electrónico de contacto.
– Firma de la aceptación del Reglamento de régimen interno del centro.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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