Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. (03251/2025)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento regulador del uso, organización y funcionamiento del centro de educación infantil "Los Caramelos"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Hernán Cortés
Anuncio 3251/2025
– Asistir con puntualidad y participar activamente en las reuniones a las que fueren
convocados/as, así como acatar y cumplir en su caso las decisiones de las autoridades
municipales y/o educativas en el ejercicio de sus respectivas competencias.
– Guardar secreto profesional.
– Abstenerse de fumar en el recinto educativo.
– Respetar la ideología y convicciones personales del resto de los/as miembros de la
comunidad escolar.
Artículo 10.- Órganos de control y dirección del centro.
10.1.- Dirección del centro.
La persona responsable de la dirección del centro será nombrada por la Alcaldía de entre el personal docente
contratado, quien desarrollará, además de las funciones propias docentes, las siguientes:
Dirección y coordinación:
– Elaborar el proyecto educativo del centro y la programación general anual.
– Convocar y moderar las reuniones del grupo.
– Asegurar el envío de información sobre el funcionamiento del centro a los/as padres/madres
y tutores/as.
– Supervisar el funcionamiento del centro y el desarrollo del programa educativo del centro.
– La representación del personal del centro y su enlace con el Ayuntamiento.
– Hacer cumplir este Reglamento.
De secretaría:
– Realizar las tareas propias de Secretaría en cuanto a gestionar el centro y la relación
institucional con el Ayuntamiento.
– La custodia de los libros y archivos del centro.
10.2.- Comisión rectora.
Sin perjuicio de la independencia del personal docente para el desarrollo de sus actividades y de las
competencias del Ayuntamiento y de la Comisión Rectora, se encargará de las siguientes funciones:
– Informar favorablemente el programa educativo del centro y la programación anual antes de
su aprobación por el Pleno de la Corporación.
– Informar sobre las propuestas de mejora del servicio presentadas por los/as padres/madres y
tutores/as y por el personal del centro.
– Informar los expedientes sancionadores de expulsión del centro antes de su aprobación por
el Ayuntamiento.
– Sugerir aquellas mejoras o modificaciones que supongan una mejora tanto en la calidad del
servicio como en la actividad docente.
– Cuantas otras le atribuyan el Pleno o la Alcaldía del Ayuntamiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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– Asistir con puntualidad y participar activamente en las reuniones a las que fueren
convocados/as, así como acatar y cumplir en su caso las decisiones de las autoridades
municipales y/o educativas en el ejercicio de sus respectivas competencias.
– Guardar secreto profesional.
– Abstenerse de fumar en el recinto educativo.
– Respetar la ideología y convicciones personales del resto de los/as miembros de la
comunidad escolar.
Artículo 10.- Órganos de control y dirección del centro.
10.1.- Dirección del centro.
La persona responsable de la dirección del centro será nombrada por la Alcaldía de entre el personal docente
contratado, quien desarrollará, además de las funciones propias docentes, las siguientes:
Dirección y coordinación:
– Elaborar el proyecto educativo del centro y la programación general anual.
– Convocar y moderar las reuniones del grupo.
– Asegurar el envío de información sobre el funcionamiento del centro a los/as padres/madres
y tutores/as.
– Supervisar el funcionamiento del centro y el desarrollo del programa educativo del centro.
– La representación del personal del centro y su enlace con el Ayuntamiento.
– Hacer cumplir este Reglamento.
De secretaría:
– Realizar las tareas propias de Secretaría en cuanto a gestionar el centro y la relación
institucional con el Ayuntamiento.
– La custodia de los libros y archivos del centro.
10.2.- Comisión rectora.
Sin perjuicio de la independencia del personal docente para el desarrollo de sus actividades y de las
competencias del Ayuntamiento y de la Comisión Rectora, se encargará de las siguientes funciones:
– Informar favorablemente el programa educativo del centro y la programación anual antes de
su aprobación por el Pleno de la Corporación.
– Informar sobre las propuestas de mejora del servicio presentadas por los/as padres/madres y
tutores/as y por el personal del centro.
– Informar los expedientes sancionadores de expulsión del centro antes de su aprobación por
el Ayuntamiento.
– Sugerir aquellas mejoras o modificaciones que supongan una mejora tanto en la calidad del
servicio como en la actividad docente.
– Cuantas otras le atribuyan el Pleno o la Alcaldía del Ayuntamiento.
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