Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadiana. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03241/2025)
Aprobación del Reglamento de régimen interno del programa colaborativo rural ATENEO "El Condado Verde 2025"
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Guadiana (Badajoz)
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Aprobación del Reglamento de régimen interno del programa colaborativo rural ATENEO "El Condado Verde 2025"

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PROGRAMA COLABORATIVO RURAL ATENEO "EL CONDADO VERDE 2025"
1. Preámbulo.
El Programa Colaborativo rural "Ateneo" de acciones de atención integral a personas en situación o en riesgo de exclusión
social es un programa dependiente del Ayuntamiento de Guadiana, entidad promotora del proyecto, y de las normas
exigidas por el SEXPE. El reglamento de Régimen Interno será de aplicación a la totalidad del personal, es decir, al equipo
directivo y docente, así como al alumnado trabajador, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula
los programas, el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación aplicable. El presente reglamento podrá ser modificado si
se observase alguna deficiencia en el mismo, o adaptado a las circunstancias que así lo aconsejasen.
2. Fundamentación.
El programa Colaborativo rural "ATENEO" consiste en el desarrollo de itinerarios de orientación, tutorización e
intermediación y formación en alternancia con el empleo para la inserción sociolaboral del alumnado trabajador en las
zonas rurales correspondientes a los municipios de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes. Actúa con
colectivos especiales que requieren acciones específicas diferenciadas, entre los que se encuentran las personas en riesgo
de exclusión social o con dificultades de integración, y la cohesión territorial. Persigue favorecer la creatividad, el
emprendimiento y la innovación social, basándose en un espíritu dinámico, colaborativo y solidario de las personas
participantes y en el fomento de la intercooperación entre las personas y entidades locales para ofrecer productos/servicios
generadores de empleo con impacto social en el territorio.
Este programa se regula por el Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, por el que se rige el Programa Colaborativo rural
"ATENEO" de acciones de atención integral a personas en situación o en riesgo de exclusión social y se establecen las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a dicho programa, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. DOE número 11, de 16 de enero de 2024.
La Estrategia de Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025 y los planes anuales de empleo
aprobados por la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Programa Extremadura FSE + 2021-2027, se
configuran como planes estratégicos de las subvenciones para la ejecución de los citados programas, en consonancia con lo
dispuesto en el artículo 5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
junto con el plan específico elaborado al efecto.
La necesidad de establecer un marco normativo que regule con carácter interno el programa de formación profesional,
denominados colaborativos rurales "ATENEO", promovido por el Ayuntamiento de Guadiana que permita a los integrantes
del mismo conocer cuáles son sus derechos y sus obligaciones, ha originado este Reglamento de régimen interno del
Colaborativo rural Ateneo "El Condado Verde 2025".
Los proyectos del Programa Colaborativo rural "ATENEO" tendrán una duración de seis meses, en la que el alumnado
trabajador estará contratado por la entidad promotora en la modalidad del contrato de formación en alternancia.
Una vez transcurrido el plazo de duración previsto en la correspondiente resolución aprobatoria se entenderá finalizada
esta acción. La duración de la formación teórico-práctica deberá ser como mínimo del 35 por ciento del total de la duración
del proyecto. La realización efectiva de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación en el empleo y en
particular la igualdad de trato entre mujeres y hombres informarán activamente la ejecución del presente programa, así
como la innovación y la iniciativa emprendedora.
El alumnado/a-trabajador/a tendrá derecho a recibir formación teórico-práctica de calidad en los términos establecidos en
este decreto y demás normativa que resulte de aplicación, siendo obligaciones del mismo seguir con aprovechamiento y
diligencia las enseñanzas recibidas, participar de manera activa tanto en los aspectos teóricos como de trabajo efectivo, y en
la evaluación y tutorización de las mismas así como asistir regularmente cumpliendo los horarios y normas que se estipulen
por la entidad promotora dentro de los límites fijados en este decreto y en el ordenamiento jurídico vigente. Por
aprovechamiento se entiende tanto la adecuada actitud en relación con el aprendizaje como el mantenimiento de actitudes
y comportamientos respetuosos con sus compañeros, personal de la entidad promotora, así como con los empleados
públicos encargados del seguimiento de las actividades formativas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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