Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de las Torres. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03035/2025)
Bases reguladoras del Programa de Colaboración Económica Municipal para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Valencia de las Torres para 2025
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Valencia de las Torres

Anuncio 3035/2025

Municipal para suministros mínimos vitales.
Junto con el formulario de solicitud de ayuda los interesados deberán presentar, en todo caso, formulario cumplimentado
de alta a terceros del Ayuntamiento de Valencia de las Torres, además de las facturas adeudadas hasta la fecha de solicitud,
con independencia de su fecha de emisión y del periodo de facturación al que se refieran, según lo dispuesto en los párrafos
siguientes.
Junto con la solicitud inicial de ayuda deberá solicitarse, necesariamente, el pago de suministro eléctrico o, en su caso, de
gastos de alta o reconexión del mismo. Si en la factura de suministro eléctrico emitida en fecha más reciente no apareciese
aplicado el descuento por bono social se deberá presentar, además, justificante de la solicitud del bono social ante la
compañía comercializadora.
Los interesados deberán aportar copia de los siguientes documentos:
a) DNI en vigor, en el caso de ciudadanos españoles mayores de 14 años.
b) Documento de identidad o pasaporte en vigor de su Estado acompañado del certificado de inscripción en el
Registro de Ciudadanos de la Unión, en el caso de ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea.
c) Tarjeta de residencia en vigor, en el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte de la Unión
Europea.
d) Informe de vida laboral actualizado de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
e) Certificado de empadronamiento colectivo histórico o con fechas.
f) Certificado de pensiones, positivo o negativo, emitido por el INSS o, en el caso de ser beneficiario de
pensión no contributiva o del régimen de clases pasivas, certificado de la pensión emitido por la
administración correspondiente, de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
g) En el caso de ser o haber sido perceptor de alguna prestación pública en los 3 meses inmediatamente
anteriores a la fecha de solicitud (maternidad, paternidad, incapacidad temporal, prestaciones familiares de
pago único, etc.), certificado emitido por la entidad pagadora de la prestación, de los miembros de la unidad
de convivencia mayores de 16 años.
h) Certificado de prestaciones o subsidios por desempleo, positivo o negativo, emitido por el SEPE, de los
miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
Los interesados deberán aportar la documentación justificativa de los ingresos percibidos por todos los miembros de la
unidad de convivencia en los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda (nóminas,
certificados…).
Cuando en la solicitud se indique que algún miembro de la unidad de convivencia tiene reconocido un grado de
discapacidad igual o superior al 65% o tuviera reconocida la situación de dependencia, deberá aportarse copia compulsada
de la correspondiente resolución de reconocimiento o certificado. Si no se aportara, no se tendrá en cuenta tal circunstancia
a la hora de resolver.
Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un préstamo hipotecario sobre la vivienda habitual,
deberá aportarse fotocopia compulsada del contrato de préstamo (o certificado emitido por la entidad financiera) y de los
recibos de pago de los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no
se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un alquiler sobre la vivienda habitual, deberá aportarse
fotocopia compulsada del contrato de alquiler y de los recibos de pago de los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha
de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
Cuando el solicitante haya estado empadronado durante el año en el que presente la solicitud en otro municipio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá aportar certificado del Ayuntamiento de ese municipio que indique si ha
percibido o no ayudas para suministros mínimos vitales, en caso de haberlas percibido, el certificado deberá indicar las
cantidades totales reconocidas y abonadas.
Artículo 8. Procedimiento de concesión de las ayudas del programa de colaboración económica municipal para suministros
mínimos vitales.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 7 de 11