Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03010/2025)
Bases de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico/a Superior de Administración General de Fondos Europeos de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Mérida
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Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 3010/2025
Quinta.- Desarrollo del proceso selectivo.
1. Procedimiento de selección.
El Procedimiento selectivo de los aspirantes será el de oposición libre.
Los aspirantes deberán acudir a la celebración de los ejercicios, provistos de su Documento Nacional de
Identidad o documento equivalente, pudiendo el Tribunal requerirles en cualquier momento para que
acreditensu identidad.
De conformidad con la resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la
que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado. (BOE» núm. 184, de 31 de julio de 2024), el orden de actuación de los
aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será el alfabético, comenzando
por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra «V». En el supuesto de que no exista ningún
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo
primer apellido comience por la letra inmediata siguiente en el abecedario y así sucesivamente.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, aunque el mismo haya de dividirse en varias
sesiones, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados.
Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, situación esta que será recogida en la
correspondiente acta de sesión. La ausencia de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el
momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el
mismo y en los sucesivos, quedando excluido del proceso selectivo.
Criterios de desempate:
a) En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer
ejercicio (test).
b) Si aún persistiese el empate, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio (prueba práctica).
c) Y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá mediante la ejecución de una entrevista
personal que versará sobre aspectos relacionados con la plaza objeto de la convocatoria.
La ejecución de los distintos ejercicios tendrá carácter eliminatorio de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
2. Pruebas selectivas.
La selección se llevará a cabo con arreglo a las siguientes pruebas, todas ellas de carácter obligatorio y
eliminatorio, teniendo igual valoración con relación a la calificación final del proceso:
A. Primer ejercicio: Tipo test.
Consistirá en la contestación de un cuestionario de un máximode 50 preguntas
tipo test que versaránsobre el temario del anexo I de las presentes bases. Los
cuestionarios incluirán hasta un 10% de preguntas adicionales de reserva a fin
de sustituir correlativamente, según el orden en el que se presenten, las
preguntas que pudieran ser anuladas en el ejercicio.
La duración máxima de realización de este ejercicio será de 60 minutos.
Este ejercicio tendrá una puntuación de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener
un mínimo de 5 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio. El número
de respuestas alternativas de las que se compondrá el cuestionario será de tres,
de las cuales solamente una de ellas será la correcta pudiendo esta incluir las
anteriores.
Cada dos respuestas erróneamente contestadas, se anulará una correctamente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Quinta.- Desarrollo del proceso selectivo.
1. Procedimiento de selección.
El Procedimiento selectivo de los aspirantes será el de oposición libre.
Los aspirantes deberán acudir a la celebración de los ejercicios, provistos de su Documento Nacional de
Identidad o documento equivalente, pudiendo el Tribunal requerirles en cualquier momento para que
acreditensu identidad.
De conformidad con la resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la
que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración del Estado. (BOE» núm. 184, de 31 de julio de 2024), el orden de actuación de los
aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será el alfabético, comenzando
por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra «V». En el supuesto de que no exista ningún
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo
primer apellido comience por la letra inmediata siguiente en el abecedario y así sucesivamente.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, aunque el mismo haya de dividirse en varias
sesiones, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados.
Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, situación esta que será recogida en la
correspondiente acta de sesión. La ausencia de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el
momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el
mismo y en los sucesivos, quedando excluido del proceso selectivo.
Criterios de desempate:
a) En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer
ejercicio (test).
b) Si aún persistiese el empate, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio (prueba práctica).
c) Y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá mediante la ejecución de una entrevista
personal que versará sobre aspectos relacionados con la plaza objeto de la convocatoria.
La ejecución de los distintos ejercicios tendrá carácter eliminatorio de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
2. Pruebas selectivas.
La selección se llevará a cabo con arreglo a las siguientes pruebas, todas ellas de carácter obligatorio y
eliminatorio, teniendo igual valoración con relación a la calificación final del proceso:
A. Primer ejercicio: Tipo test.
Consistirá en la contestación de un cuestionario de un máximode 50 preguntas
tipo test que versaránsobre el temario del anexo I de las presentes bases. Los
cuestionarios incluirán hasta un 10% de preguntas adicionales de reserva a fin
de sustituir correlativamente, según el orden en el que se presenten, las
preguntas que pudieran ser anuladas en el ejercicio.
La duración máxima de realización de este ejercicio será de 60 minutos.
Este ejercicio tendrá una puntuación de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener
un mínimo de 5 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio. El número
de respuestas alternativas de las que se compondrá el cuestionario será de tres,
de las cuales solamente una de ellas será la correcta pudiendo esta incluir las
anteriores.
Cada dos respuestas erróneamente contestadas, se anulará una correctamente
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