Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02906/2025)
Notificación de la orden de ejecución de limpieza de solares
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Ayuntamiento de Alange
Anuncio 2906/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alange
Alange (Badajoz)
Anuncio 2906/2025
Notificación de la orden de ejecución de limpieza de solares
NOTIFICACIÓN ORDEN DE EJECUCIÓN
Tras el intento fallido de entregar la siguiente comunicación y desconociendo la nueva dirección del interesado, se procede a
la notificación mediante edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
"Esta alcaldía, el pasado 25 de abril de 2025, dictó un bando obligando a los propietarios de los solares a su limpieza de
pastos, malezas y rastrojeras, para mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad y prevenir posibles incendios.
El Diario Oficial de Extremadura publicó el día 12 de mayo de 2025, la Orden por la que se establece la época de peligro alto
de incendios forestales del Plan INFOEX en el año 2025, se regula el uso del fuego y las actividades susceptibles de generar
riesgo de incendios forestales durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
El artículo 25 de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia en el espacio público del Ayuntamiento de Alange
establece que los propietarios de los solares deberán mantenerlos en las debidas condiciones de en las debidas condiciones
de higiene, salubridad, seguridad y ornato público.
De conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre (LOTUS), el incumplimiento de
una orden de ejecución habilitará a este Ayuntamiento para adoptar las siguientes medidas:
a) Ejecución subsidiaria a costa del obligado y hasta el límite del deber normal de conservación.
b) Imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor máximo, cada una
de ellas, del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas y nunca inferior a 300,00 euros.
El puesto de Alange de la Guardia Civil ha presentado una denuncia con motivo la falta de limpieza del solar sito en calle
Mesilla, número 3, cuya titularidad aparece a nombre de herederos de Juan Barrero Balsera.
Por todo lo cual, he resuelto instarle para que, en el plazo de diez días, proceda a la limpieza del solar. En caso contrario,
será este Ayuntamiento el que, mediante la ejecución subsidiaria, proceda, a costa del obligado, a la realización de los
trabajos pertinentes para limpiar el solar con la finalidad de evitar posibles incendios.
Todo ello, sin perjuicio de la imposición de sanciones a que haya lugar.
Régimen de recursos.
Lo que le comunico, para su conocimiento y efectos, significándole que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía
administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante esta
alcaldía o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Si optara por interponer el recurso de
reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que
estime pertinente.
Alange, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Julia Gutiérrez Dios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Alange (Badajoz)
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NOTIFICACIÓN ORDEN DE EJECUCIÓN
Tras el intento fallido de entregar la siguiente comunicación y desconociendo la nueva dirección del interesado, se procede a
la notificación mediante edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
"Esta alcaldía, el pasado 25 de abril de 2025, dictó un bando obligando a los propietarios de los solares a su limpieza de
pastos, malezas y rastrojeras, para mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad y prevenir posibles incendios.
El Diario Oficial de Extremadura publicó el día 12 de mayo de 2025, la Orden por la que se establece la época de peligro alto
de incendios forestales del Plan INFOEX en el año 2025, se regula el uso del fuego y las actividades susceptibles de generar
riesgo de incendios forestales durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
El artículo 25 de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia en el espacio público del Ayuntamiento de Alange
establece que los propietarios de los solares deberán mantenerlos en las debidas condiciones de en las debidas condiciones
de higiene, salubridad, seguridad y ornato público.
De conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre (LOTUS), el incumplimiento de
una orden de ejecución habilitará a este Ayuntamiento para adoptar las siguientes medidas:
a) Ejecución subsidiaria a costa del obligado y hasta el límite del deber normal de conservación.
b) Imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor máximo, cada una
de ellas, del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas y nunca inferior a 300,00 euros.
El puesto de Alange de la Guardia Civil ha presentado una denuncia con motivo la falta de limpieza del solar sito en calle
Mesilla, número 3, cuya titularidad aparece a nombre de herederos de Juan Barrero Balsera.
Por todo lo cual, he resuelto instarle para que, en el plazo de diez días, proceda a la limpieza del solar. En caso contrario,
será este Ayuntamiento el que, mediante la ejecución subsidiaria, proceda, a costa del obligado, a la realización de los
trabajos pertinentes para limpiar el solar con la finalidad de evitar posibles incendios.
Todo ello, sin perjuicio de la imposición de sanciones a que haya lugar.
Régimen de recursos.
Lo que le comunico, para su conocimiento y efectos, significándole que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía
administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante esta
alcaldía o recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Si optara por interponer el recurso de
reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que
estime pertinente.
Alange, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Julia Gutiérrez Dios.
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