Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02912/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la imposición de contribuciones especiales para las mejoras de regeneración urbana en el entorno urbano de la plaza de Extremadura del término municipal de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Navalvillar de Pela (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la imposición de contribuciones especiales para las mejoras
de regeneración urbana en el entorno urbano de la plaza de Extremadura del término municipal de Navalvillar de Pela

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA IMPOSICIÓN DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES
PARA LAS MEJORAS DE REGENERACIÓN URBANA EN EL ENTORNO URBANO DE LA PLAZA DE EXTREMADURA DEL TÉRMINO
MUNICIPAL DE NAVALVILLAR DE PELA
En el Pleno del Ayuntamiento celebrado en sesión ordinaria del día 29 de mayo de 2025, se aprobó con carácter inicial la
Ordenanza fiscal reguladora de la imposición de contribuciones especiales para las mejoras de regeneración urbana en el
entorno urbano de la plaza de extremadura del término municipal de Navalvillar de Pela, publicada en el BOP número 104,
anuncio 2152/2025, del martes, 3 de junio de 2025, y transcurrido el período de información pública y audiencia a los
interesados, sin que durante el mismo se haya presentado reclamación o sugerencia a la misma, citado acuerdo se entiende
adoptado definitivamente, procediendo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la publicación de su texto íntegro:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA IMPOSICIÓN DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES PARA LAS MEJORAS DE
REGENERACIÓN URBANA EN EL ENTORNO URBANO DE LA PLAZA DE EXTREMADURA DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE
NAVALVILLAR DE PELA
Artículo 1.- Fundamento y objeto.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, y por el artículo 106 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 15 a 19, 28 a 35 y 58 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento regula por la presente
Ordenanza la imposición de contribuciones especiales para cofinanciar la ejecución de las obras
comprendidas en el Proyecto denominado "Rehabilitación de Manzana y Entorno Urbano de la Plaza de
Extremadura", término municipal de Navalvillar de Pela.
Las contribuciones especiales son tributos de carácter finalista y el producto de su recaudación se destinará,
íntegramente, a sufragar los gastos de la obra mencionada.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
Esta Ordenanza será de aplicación en el término municipal de Navalvillar de Pela, desde su entrada en vigor
hasta su modificación o derogación.
Artículo 3.- Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de las presentes contribuciones especiales la obtención de un beneficio o de
un aumento de valor de los bienes por parte del sujeto pasivo como consecuencia de la realización de las
obras proyectadas.
2. Las contribuciones especiales que se exigirán se fundarán en la mera realización de las obras a que hace
referencia el artículo 1 de esta Ordenanza y su exacción será independiente del hecho de que el sujeto pasivo
hago uso efectivo o no de las mismas.
Artículo 4.- Obras y servicios municipales financiables.
Tendrán la consideración de obras financiables a través de las contribuciones especiales previstas en esta
Ordenanza las contempladas en el Informe Técnico Económico de las actuaciones de "Rehabilitación de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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