Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medina de las Torres. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02731/2025)
Aprobación definitiva de la modificación de la relación de puestos de trabajo
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Ayuntamiento de Medina de las Torres
Anuncio 2731/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Medina de las Torres
Medina de las Torres (Badajoz)
Anuncio 2731/2025
Aprobación definitiva de la modificación de la relación de puestos de trabajo
ACUERDO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE LAS TORRES DE FECHA 24 DE JUNIO DE 2025, POR EL QUE SE
APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
Habiendo concluido la aprobación de la modificación de la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, por el
Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de junio de 2025.
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede
a la publicación íntegra de la mencionada modificación, en el siguiente sentido:
Modificar el puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo de ciudades saludables vacante en la plantilla, que está reservado a
personal laboral, pasando a ser Auxiliar Administrativo.
Contra el acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
El artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, advierte que, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer la persona interesada cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
En Medina de las Torres, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Isaac Rodríguez Domínguez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aprobación definitiva de la modificación de la relación de puestos de trabajo
ACUERDO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE LAS TORRES DE FECHA 24 DE JUNIO DE 2025, POR EL QUE SE
APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
Habiendo concluido la aprobación de la modificación de la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, por el
Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de junio de 2025.
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede
a la publicación íntegra de la mencionada modificación, en el siguiente sentido:
Modificar el puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo de ciudades saludables vacante en la plantilla, que está reservado a
personal laboral, pasando a ser Auxiliar Administrativo.
Contra el acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
El artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, advierte que, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer la persona interesada cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
En Medina de las Torres, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Isaac Rodríguez Domínguez.
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