Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02575/2025)
Decreto de modificación de bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso de méritos, del puesto número 452 de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 2575/2025

Presidente:
Un funcionario de la Corporación con titulación igual o superior al grupo
del puesto objeto de convocatoria.
Vocales:
Tres funcionarios de la Corporación con titulación igual o superior al
grupo del puesto objeto de convocatoria, elegidos por sorteo.
Un representante de cada una de las centrales sindicales con
representación en la Mesa General de Empleados Públicos con titulación
igual o superior al grupo del puesto objeto de convocatoria.
Secretario:
Un funcionario de Recursos Humanos, que actuará solo con voz, pero sin
voto, su labor se ceñirá a dar fe pública.

Sexta.- Fases del concurso:
1.ª. Fase: Méritos de generales:
La valoración de los méritos generales para la adjudicación del puesto objeto de convocatoria
se realizará en base a los siguientes factores:

Méritos

Ptos.

Máx.

%

Antigüedad en el Ayuntamiento de Badajoz

0,10 por año

4

40%

Experiencia relacionada con el puesto al que se concursa (sin computar el
tiempo ocupando el puesto en comisión de servicio)

0,50 por año

3

30%

Formación continua, incluida en planes de formación continua,
relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa

0,07 por cada
10 h

2

20%

1

1

10%

Por titulación superior a la requerida para ocupar el puesto
(*) Calculándose la fracción inferior al año proporcionalmente.
La puntuación máxima para la fase de méritos generales será de 10 puntos.

2.ª. Fase: Méritos específicos. Valoración en base a la presentación de una memoria o proyecto
relacionado con el puesto de trabajo. La puntuación máxima por este concepto será de 5
puntos.
La valoración de esta segunda fase se efectuará mediante puntuación obtenida con la media
aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración.
En el supuesto que alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos, por
exceso o por defecto de la media, serán eliminadas estas y se volverá a calcular la media con
las puntuaciones no eliminadas.
La puntuación final será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de méritos
generales con la obtenida en la fase de méritos específicos.
En caso de empate se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado de
antigüedad, y si perdurara el empate se resolverá a favor del de mayor edad.
Séptima.- Plazo de resolución.
1.- Constituida la Comisión de Valoración, y tras valorar las solicitudes y documentación
presentada, aprobará la lista definitiva de adjudicación del puesto, que será expuesta al público
en la página web municipal y el tablón de anuncios de la Concejalía de Recursos Humanos,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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