Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Reina. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (02645/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos municipales
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Ayuntamiento de Reina
Anuncio 2645/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Reina
Reina (Badajoz)
Anuncio 2645/2025
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte
y tratamiento de residuos domésticos municipales
ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 25 DE ABRIL DE LA ENTIDAD DE REINA POR EL QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA
APROBACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA,
TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS DOMÉSTICOS MUNICIPALES
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del
servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos municipales, cuyo texto íntegro se hace público, para
su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA, TRANSPORTE Y
TRATAMIENTO DE RESIDUOS DOMÉSTICOS MUNICIPALES
Índice de artículos
Artículo 1. Fundamento y objeto.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Hecho imponible.
Artículo 4. Sujetos pasivos.
Artículo 5. Responsables.
Artículo 6. Cuota tributaria.
Artículo 7. Devengo.
Artículo 8. Normas de gestión: declaración, liquidación e ingreso.
Artículo 9. Infracciones y sanciones.
Artículo 10. Legislación aplicable.
Disposición final.
Exposición de motivos
A fin de contribuir a alcanzar los objetivos establecidos en la Directiva 2008/98/CE, de 30 de mayo de 2018, sobre residuos y
en la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, que modifica la anterior, la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, entre otros aspectos, modificó el
régimen jurídico aplicable a la prevención, producción y gestión de residuos, reforzando la recogida separada e impulsando
la implantación de sistemas de pago por generación en el cobro de la tasa o prestación patrimonial de carácter no tributario
correspondiente.
En concreto, en su artículo 11.3, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular,
incorpora el mandato para las entidades locales de implantar una tasa (o prestación patrimonial de carácter no tributario)
dirigida a la implantación de sistemas de pago por generación, que refleje el coste real, directo o indirecto, de las
operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y el
mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así como
los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía.
Por ello, al objeto de dar cumplimiento al mandato previsto en el artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y
suelos contaminados para una economía circular, esta entidad local ha elaborado y aprobado la presente Ordenanza fiscal
reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos en los términos
establecidos en dicha ley y demás normativa que resulta de aplicación.
La presente Ordenanza fiscal se alinea de este modo con los principios y objetivos de la Directiva (UE) 2018/851 y de la Ley
7/2022, de 8 de abril, adaptando las obligaciones y medidas establecidas por dicha normativa al "contexto actual" de la
forma de gestión, que tiene establecida este municipio, para la prestación de este servicio. De este modo, se pretende
contribuir, por un lado, a la transición hacia una economía circular, donde los residuos se gestionen de manera sostenible y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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y tratamiento de residuos domésticos municipales
ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 25 DE ABRIL DE LA ENTIDAD DE REINA POR EL QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA
APROBACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA,
TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS DOMÉSTICOS MUNICIPALES
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del
servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos municipales, cuyo texto íntegro se hace público, para
su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
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TRATAMIENTO DE RESIDUOS DOMÉSTICOS MUNICIPALES
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Artículo 1. Fundamento y objeto.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Hecho imponible.
Artículo 4. Sujetos pasivos.
Artículo 5. Responsables.
Artículo 6. Cuota tributaria.
Artículo 7. Devengo.
Artículo 8. Normas de gestión: declaración, liquidación e ingreso.
Artículo 9. Infracciones y sanciones.
Artículo 10. Legislación aplicable.
Disposición final.
Exposición de motivos
A fin de contribuir a alcanzar los objetivos establecidos en la Directiva 2008/98/CE, de 30 de mayo de 2018, sobre residuos y
en la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, que modifica la anterior, la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, entre otros aspectos, modificó el
régimen jurídico aplicable a la prevención, producción y gestión de residuos, reforzando la recogida separada e impulsando
la implantación de sistemas de pago por generación en el cobro de la tasa o prestación patrimonial de carácter no tributario
correspondiente.
En concreto, en su artículo 11.3, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular,
incorpora el mandato para las entidades locales de implantar una tasa (o prestación patrimonial de carácter no tributario)
dirigida a la implantación de sistemas de pago por generación, que refleje el coste real, directo o indirecto, de las
operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y el
mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así como
los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía.
Por ello, al objeto de dar cumplimiento al mandato previsto en el artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y
suelos contaminados para una economía circular, esta entidad local ha elaborado y aprobado la presente Ordenanza fiscal
reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos en los términos
establecidos en dicha ley y demás normativa que resulta de aplicación.
La presente Ordenanza fiscal se alinea de este modo con los principios y objetivos de la Directiva (UE) 2018/851 y de la Ley
7/2022, de 8 de abril, adaptando las obligaciones y medidas establecidas por dicha normativa al "contexto actual" de la
forma de gestión, que tiene establecida este municipio, para la prestación de este servicio. De este modo, se pretende
contribuir, por un lado, a la transición hacia una economía circular, donde los residuos se gestionen de manera sostenible y
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