Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02204/2025)
Bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión, como personal funcionario interino, de una plaza de Arquitecto/a, escala Administración Especial, subescala Técnica, clase Superior, mediante concurso-oposición
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Ayuntamiento de Hornachos

Anuncio 2204/2025

1. Emisión de los informes requeridos en materia de actividades sujetas a comunicación previa, tramitación
de licencias urbanísticas, concesión de licencias de actividades, comunicaciones y autorizaciones ambientales
y declaraciones responsables de inicio de actividad, ordenes de ejecución, disciplina urbanística, infraccione y
sanciones, ocupaciones de la vía pública, etc.
2. Colabora con el servicio catastral en las declaraciones catastrales, solicitudes e informes, dictámenes y
certificados de diverso objeto.
3. En materia de control y disciplina urbanística: Elaboración de estudios e informes, dictámenes y certificados
urbanísticos de diverso objeto.
4. Agregaciones y segregaciones, divisiones de fincas, valoraciones, tramitación de denuncias, cédulas
urbanísticas, declaraciones de prescripción y antigüedad de edificaciones, control de sesmos y caminos de
titularidad municipal, estudios de compatibilidad urbanística, cédulas de habitabilidad, calificaciones
urbanísticas, seguimiento de acuerdos de Junta de Gobierno en relación al departamento de urbanismo, etc.
5. Redacción de informes técnicos con propuestas de resolución en materia de licencias urbanísticas. Así
como supervisión de informes relativos a liquidaciones de obras, informes y valoraciones definitivos de obras,
edificaciones o instalaciones terminadas sujetas a licencia urbanística y/o comunicación previa, etc.
6. Redacción de proyectos y memorias valoradas en los grupos de obras correspondientes a las
especialidades y competencias de la profesión.
7. Dirección de la ejecución material de las obras y control cualitativo y cuantitativo de la construcción y la
calidad de lo edificado en las obras, edificaciones e instalaciones realizadas por el Ayuntamiento.
8. Actuaciones en materia de seguridad y salud en obras ejecutadas por la Administración: Redacción de
planes de seguridad y salud, estudios de seguridad y salud, coordinador en fase de proyecto de seguridad y
salud, aprobación de planes de seguridad y salud, coordinador en fase de ejecución de seguridad y salud,
Asesoramiento en la redacción de planes de seguridad y salud.
9. Redacción y coordinación en materia de seguridad y salud de las obras ejecutadas por la administración.
Así como todas aquellas dentro de la gestión de la obra, coordinador en fase de proyecto de seguridad y
salud., aprobación de planes de seguridad y salud, Coordinador en fase de ejecución de seguridad y salud.
10. Realizar la supervisión y seguimiento de las obras tanto públicas como privadas dentro del término
municipal de Hornachos, redactando informes para su aprobación y control, además de la redacción de
proyectos municipales.
11. Cualesquiera otras funciones correspondientes a las especialidades y competencias de la profesión de
Arquitecto.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que
deberán cumplirse en el último día de plazo de la presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de su posible
nombramiento:
a) Tener la nacionalidad española o estar comprendido en alguno de los supuestos previstos en el artículo 57
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, respecto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, así como no padecer enfermedad o defecto
físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. Las personas con discapacidad serán
admitidas en igualdad de condiciones con los demás participantes, sin que se establezcan exclusiones por
limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o
funciones a desarrollar. Todo ello, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/13, de
29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas
con discapacidad y de su inclusión social.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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