Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02085/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa de formación y empleo ESCALA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Llera
Anuncio 2085/2025
1.- Toda ausencia al proyecto deberá ser justificada documentalmente.
2.- Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia impida reincorporarse al Programa con normalidad
después de la consulta, el facultativo deberá hacer constar el día o días que deba permanecer en reposo. De
no ser así, se considerará que se puede volver al proyecto tras la consulta.
3.- En el caso de que el alumno/a-trabajador/a o algún miembro del equipo técnico-docente sepa con
antelación que va a faltar, deberá ponerlo en conocimiento del equipo del Programa, además de aportar el
justificante correspondiente.
4.- Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado
y, sin embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del proyecto, podrá ser
motivo de sanción.
5.- Los viernes de cada semana se establecen como día final de entrega de justificantes de ausencias
producidas a lo largo de la semana.
6.- Todo el personal del Programa está obligado a ser puntual.
7.- Se considerará falta no justificada cuando no se presente en forma y fecha el correspondiente justificante
de la ausencia.
8.- En el caso de tres faltas no justificadas de asistencias en un mes o cinco faltas de asistencia no justificadas
en toda la etapa, supondrá el descuento en nómina de la cantidad correspondiente a los días faltados sin
justificación.
9.- El hecho de incurrir en más de tres faltas de asistencia en un mes o cinco faltas de asistencia no
justificadas en toda la segunda etapa, supondrá apertura de expediente como falta muy grave y la posible
exclusión del programa.
10.- El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son
inexcusables en un centro de enseñanza o de trabajo. El alumnado-trabajador y el equipo técnico-docente
velarán, por el buen uso de aulas, instalaciones y material didáctico.
11.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena al proyecto. Si
algún familiar necesita localizar a algún alumno/a, bastará con preguntar a cualquier miembro del equipo
técnico-docente por la persona que busca y se le facilitará la comunicación.
12.- Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en
cualquier otra actividad organizada por el programa/proyecto.
TÍTULO CUARTO: NORMAS DE SEGURIDAD
Artículo 16.- Seguridad laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los alumnos/trabajadores y del personal del Programa a la hora de manejar los
diferentes equipos y máquinas de su taller, deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
a) Está absolutamente prohibido el consumo de drogas ilegales y alcohol durante la jornada de trabajo, tenga
lugar o no en el recinto laboral. El consumo de dichas sustancias puede alterar a nivel cognitivo, emocional y
conductual y por lo tanto afectar a la ejecución de las tareas en condiciones de seguridad. La inobservancia de
este aspecto incurre en falta muy grave y conllevará o bien la suspensión de empleo y sueldo o la expulsión
del Programa, según se determine.
b) Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo: Tomar ciertos medicamentos por prescripción facultativa)
los alumnos no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán comunicarlo al docente y presentar el
correspondiente justificante o informe médico y abstenerse de trabajar en situaciones de riesgo. Si la
situación es detectada por el personal técnico-docente, se procederá de igual manera.
c) El alumnado-trabajador deberá cumplir siempre la normativa de seguridad y salud relacionada con la
actividad que realicen, así como utilizar los equipos de protección individual y colectiva que se pongan a su
disposición y conservarlos en buenas condiciones de uso o solicitar la sustitución, si es necesario.
d) El alumnado-trabajador no podrá utilizar o poner en funcionamiento una máquina sin autorización expresa
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1.- Toda ausencia al proyecto deberá ser justificada documentalmente.
2.- Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia impida reincorporarse al Programa con normalidad
después de la consulta, el facultativo deberá hacer constar el día o días que deba permanecer en reposo. De
no ser así, se considerará que se puede volver al proyecto tras la consulta.
3.- En el caso de que el alumno/a-trabajador/a o algún miembro del equipo técnico-docente sepa con
antelación que va a faltar, deberá ponerlo en conocimiento del equipo del Programa, además de aportar el
justificante correspondiente.
4.- Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado
y, sin embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del proyecto, podrá ser
motivo de sanción.
5.- Los viernes de cada semana se establecen como día final de entrega de justificantes de ausencias
producidas a lo largo de la semana.
6.- Todo el personal del Programa está obligado a ser puntual.
7.- Se considerará falta no justificada cuando no se presente en forma y fecha el correspondiente justificante
de la ausencia.
8.- En el caso de tres faltas no justificadas de asistencias en un mes o cinco faltas de asistencia no justificadas
en toda la etapa, supondrá el descuento en nómina de la cantidad correspondiente a los días faltados sin
justificación.
9.- El hecho de incurrir en más de tres faltas de asistencia en un mes o cinco faltas de asistencia no
justificadas en toda la segunda etapa, supondrá apertura de expediente como falta muy grave y la posible
exclusión del programa.
10.- El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son
inexcusables en un centro de enseñanza o de trabajo. El alumnado-trabajador y el equipo técnico-docente
velarán, por el buen uso de aulas, instalaciones y material didáctico.
11.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena al proyecto. Si
algún familiar necesita localizar a algún alumno/a, bastará con preguntar a cualquier miembro del equipo
técnico-docente por la persona que busca y se le facilitará la comunicación.
12.- Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en
cualquier otra actividad organizada por el programa/proyecto.
TÍTULO CUARTO: NORMAS DE SEGURIDAD
Artículo 16.- Seguridad laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los alumnos/trabajadores y del personal del Programa a la hora de manejar los
diferentes equipos y máquinas de su taller, deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
a) Está absolutamente prohibido el consumo de drogas ilegales y alcohol durante la jornada de trabajo, tenga
lugar o no en el recinto laboral. El consumo de dichas sustancias puede alterar a nivel cognitivo, emocional y
conductual y por lo tanto afectar a la ejecución de las tareas en condiciones de seguridad. La inobservancia de
este aspecto incurre en falta muy grave y conllevará o bien la suspensión de empleo y sueldo o la expulsión
del Programa, según se determine.
b) Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo: Tomar ciertos medicamentos por prescripción facultativa)
los alumnos no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán comunicarlo al docente y presentar el
correspondiente justificante o informe médico y abstenerse de trabajar en situaciones de riesgo. Si la
situación es detectada por el personal técnico-docente, se procederá de igual manera.
c) El alumnado-trabajador deberá cumplir siempre la normativa de seguridad y salud relacionada con la
actividad que realicen, así como utilizar los equipos de protección individual y colectiva que se pongan a su
disposición y conservarlos en buenas condiciones de uso o solicitar la sustitución, si es necesario.
d) El alumnado-trabajador no podrá utilizar o poner en funcionamiento una máquina sin autorización expresa
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