Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02106/2025)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Monitor de Bolillos de la Universidad Popular, como personal laboral fijo discontinuo a jornada parcial, en turno libre, mediante sistema de concurso-oposición
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 2106/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 2106/2025
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Monitor de Bolillos de la Universidad Popular, como personal laboral
fijo discontinuo a jornada parcial, en turno libre, mediante sistema de concurso-oposición
BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE MONITOR DE BOLILLOS DE LA UNIVERSIDAD
POPULAR, PERSONAL LABORAL FIJO DISCONTINUO A JORNADA PARCIAL EN EL TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA DE
CONCURSO OPOSICIÓN, PARA EL AYUNTAMIENTO DE DON BENITO
Doña M.ª Fernanda Sánchez Rodríguez, Alcaldesa del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, en uso de las atribuciones que le
confiere el artículo 21.1g) de la Ley 7/85, de 2 abril, Reguladora de las bases de Régimen Local, convoca pruebas selectivas
para cubrir 1 plaza de Monitor de la especialidad de Bolillos de la Universidad Popular, vacante en la plantilla de personal de
este Ayuntamiento como personal laboral fijo discontinuo a jornada parcial, correspondiente a la OEP de 2025, mediante
sistema de concurso oposición y con arreglo a las siguientes bases:
BASES
1.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad 1 plaza de Monitor de la especialidad de Bolillos de la
Universidad Popular, vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento como personal laboral fijo discontinuo a
jornada parcial, mediante sistema de concurso oposición, horario semanal que se detalla y retribuciones que correspondan:
Denominación del taller
N.º de monitores
Previsión % jornada
1
57,14% -20 horas semanales
Monitor de Bolillos (Código RPT TOMO09)
1.2.- El procedimiento de selección será el de concurso oposición.
1.3.- La modalidad contractual será la de fijo discontinuo a jornada parcial (por curso escolar: desde el 1 de octubre de cada
año, al 30 de junio del siguiente) perteneciente al grupo C subgrupo C2, dotada con los emolumentos correspondientes a
dicho grupo, nivel y complemento específico consignado presupuestariamente y demás retribuciones que correspondan al
puesto.
1.4.- El número de horas semanales de la base 1.1, podrá modificarse a la baja o alza, tanto al comienzo como en el
transcurso del curso, en función a la demanda que pudiera tener el número de alumnos participantes en cada taller.
1.5.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, el RD Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del texto refundido de las disposiciones vigentes
en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el RD
364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de Régimen
Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
2.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitido al proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57.4 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Formación
Profesional de Primer Grado, o equivalentes a efectos laborales, o cumplir las condiciones para obtenerlos. En
el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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fijo discontinuo a jornada parcial, en turno libre, mediante sistema de concurso-oposición
BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE MONITOR DE BOLILLOS DE LA UNIVERSIDAD
POPULAR, PERSONAL LABORAL FIJO DISCONTINUO A JORNADA PARCIAL EN EL TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA DE
CONCURSO OPOSICIÓN, PARA EL AYUNTAMIENTO DE DON BENITO
Doña M.ª Fernanda Sánchez Rodríguez, Alcaldesa del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, en uso de las atribuciones que le
confiere el artículo 21.1g) de la Ley 7/85, de 2 abril, Reguladora de las bases de Régimen Local, convoca pruebas selectivas
para cubrir 1 plaza de Monitor de la especialidad de Bolillos de la Universidad Popular, vacante en la plantilla de personal de
este Ayuntamiento como personal laboral fijo discontinuo a jornada parcial, correspondiente a la OEP de 2025, mediante
sistema de concurso oposición y con arreglo a las siguientes bases:
BASES
1.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad 1 plaza de Monitor de la especialidad de Bolillos de la
Universidad Popular, vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento como personal laboral fijo discontinuo a
jornada parcial, mediante sistema de concurso oposición, horario semanal que se detalla y retribuciones que correspondan:
Denominación del taller
N.º de monitores
Previsión % jornada
1
57,14% -20 horas semanales
Monitor de Bolillos (Código RPT TOMO09)
1.2.- El procedimiento de selección será el de concurso oposición.
1.3.- La modalidad contractual será la de fijo discontinuo a jornada parcial (por curso escolar: desde el 1 de octubre de cada
año, al 30 de junio del siguiente) perteneciente al grupo C subgrupo C2, dotada con los emolumentos correspondientes a
dicho grupo, nivel y complemento específico consignado presupuestariamente y demás retribuciones que correspondan al
puesto.
1.4.- El número de horas semanales de la base 1.1, podrá modificarse a la baja o alza, tanto al comienzo como en el
transcurso del curso, en función a la demanda que pudiera tener el número de alumnos participantes en cada taller.
1.5.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, el RD Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del texto refundido de las disposiciones vigentes
en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el RD
364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado, y la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de Régimen
Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
2.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitido al proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57.4 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Formación
Profesional de Primer Grado, o equivalentes a efectos laborales, o cumplir las condiciones para obtenerlos. En
el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado expedido por el
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