Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02098/2025)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Administrativo, por promoción interna, mediante sistema de concurso-oposición
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 2098/2025
El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de sesenta minutos.
El cuestionario de ambas partes estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, de las cuales sólo una de
ellas es correcta. Para su realización, las personas aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de
respuesta que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten.
Todas las preguntas de la primera parte tendrán el valor de 2 y cada contestación errónea se penalizará descontando un
quinto del valor de una respuesta correcta.
Todas las preguntas de la segunda parte tendrán el valor de 2 y cada contestación errónea se penalizará descontando un
quinto del valor de una respuesta correcta.
Calificación de la fase de oposición: el ejercicio único se calificará de 0 a 60 puntos y será necesario obtener una calificación
mínima de 30 puntos para superarlo.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso
al empleo público, el órgano de selección deberá indicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de
corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Las respuestas en blanco no penalizan.
Tras la exposición de la lista provisional, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de empleo
del Área Actualidad/Empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es, por orden de puntuación
se abrirá un plazo de 3 días hábiles para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva
de aspirantes que hayan superado el ejercicio.
El temario de la convocatoria está recogido en el anexo II de las presentes bases, sin perjuicio de las posibles modificaciones
que se pudieran producir en el mismo. No obstante, en la totalidad del proceso selectivo, deberá exigirse por el Tribunal y el
aspirante deberá ajustarse a la normativa vigente el día de la publicación de la resolución por la que se aprueba la relación
definitiva de admitidos y excluidos, en la que se fija la fecha de celebración del primer ejercicio.
Una vez resueltas, se procederá a publicar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de
empleo del Área Actualidad/Empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es, la lista definitiva
de aspirantes que hayan pasado esta primera fase, después de haber superado los dos ejercicios de la misma.
La no presentación de los aspirantes a los ejercicios en el momento de ser llamados, salvo casos de fuerza mayor
debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal motivadamente, comporta que decae automáticamente en
su derecho de participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
7.2.- Fase de concurso: Finalizada la fase de oposición a la que se refiere el apartado 7.1, con la publicación de la lista
definitiva de los aspirantes que la hayan superado, se procederá por el Tribunal a la baremación de los méritos alegados por
los aspirantes, para ser valorados, de acuerdo a los criterios que figuran en el anexo III.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier administración bajo la modalidad de contratos de trabajo
temporales de colaboración social, celebrados al amparo del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Tras la exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de empleo del Área
Actualidad/Empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito www.donbenito.es de la lista provisional, por orden de
puntuación se abrirá un plazo de 3 días hábiles para posibles reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de
empleo del Área Actualidad/Empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito la lista definitiva de aspirantes con
los puntos obtenidos en la fase de concurso.
7.3.- Puntuación final: Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición;
dicha suma determinará el orden final de puntuación, considerándose que han aprobado las pruebas aquellos aspirantes
que hayan obtenido mayor puntuación total definitiva.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de
desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1. Mayor puntuación en la valoración de la experiencia profesional.
2. Mayor puntuación en la valoración de la formación.
3. Mayor puntuación en la fase de oposición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de sesenta minutos.
El cuestionario de ambas partes estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, de las cuales sólo una de
ellas es correcta. Para su realización, las personas aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de
respuesta que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten.
Todas las preguntas de la primera parte tendrán el valor de 2 y cada contestación errónea se penalizará descontando un
quinto del valor de una respuesta correcta.
Todas las preguntas de la segunda parte tendrán el valor de 2 y cada contestación errónea se penalizará descontando un
quinto del valor de una respuesta correcta.
Calificación de la fase de oposición: el ejercicio único se calificará de 0 a 60 puntos y será necesario obtener una calificación
mínima de 30 puntos para superarlo.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso
al empleo público, el órgano de selección deberá indicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de
corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Las respuestas en blanco no penalizan.
Tras la exposición de la lista provisional, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de empleo
del Área Actualidad/Empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es, por orden de puntuación
se abrirá un plazo de 3 días hábiles para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva
de aspirantes que hayan superado el ejercicio.
El temario de la convocatoria está recogido en el anexo II de las presentes bases, sin perjuicio de las posibles modificaciones
que se pudieran producir en el mismo. No obstante, en la totalidad del proceso selectivo, deberá exigirse por el Tribunal y el
aspirante deberá ajustarse a la normativa vigente el día de la publicación de la resolución por la que se aprueba la relación
definitiva de admitidos y excluidos, en la que se fija la fecha de celebración del primer ejercicio.
Una vez resueltas, se procederá a publicar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de
empleo del Área Actualidad/Empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es, la lista definitiva
de aspirantes que hayan pasado esta primera fase, después de haber superado los dos ejercicios de la misma.
La no presentación de los aspirantes a los ejercicios en el momento de ser llamados, salvo casos de fuerza mayor
debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal motivadamente, comporta que decae automáticamente en
su derecho de participar en el mismo y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
7.2.- Fase de concurso: Finalizada la fase de oposición a la que se refiere el apartado 7.1, con la publicación de la lista
definitiva de los aspirantes que la hayan superado, se procederá por el Tribunal a la baremación de los méritos alegados por
los aspirantes, para ser valorados, de acuerdo a los criterios que figuran en el anexo III.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier administración bajo la modalidad de contratos de trabajo
temporales de colaboración social, celebrados al amparo del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
Tras la exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de empleo del Área
Actualidad/Empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito www.donbenito.es de la lista provisional, por orden de
puntuación se abrirá un plazo de 3 días hábiles para posibles reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Don Benito, y en el tablón de
empleo del Área Actualidad/Empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito la lista definitiva de aspirantes con
los puntos obtenidos en la fase de concurso.
7.3.- Puntuación final: Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición;
dicha suma determinará el orden final de puntuación, considerándose que han aprobado las pruebas aquellos aspirantes
que hayan obtenido mayor puntuación total definitiva.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de
desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1. Mayor puntuación en la valoración de la experiencia profesional.
2. Mayor puntuación en la valoración de la formación.
3. Mayor puntuación en la fase de oposición.
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