Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02109/2025)
Acuerdo de modificación puntual de la dedicación exclusiva y parcial de miembros de la Corporación
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2109/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendralejo
Almendralejo (Badajoz)
Anuncio 2109/2025
Acuerdo de modificación puntual de la dedicación exclusiva y parcial de miembros de la Corporación
De conformidad con lo preceptuado por el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local, se hace público, para general conocimiento, el acuerdo adoptado en sesión plenaria ordinaria de 27 de mayo de 2025,
referente a la modificación puntual del vigente régimen de dedicación exclusiva y parcial de la Corporación, siguiente:
Primero. Modificar puntualmente el vigente régimen de dedicación exclusiva y parcial de los miembros de la
Corporación:
- Área de nueva creación:
Concejalía de Recursos Humanos, Servicio de RSU y Limpieza Viaria, Transporte Urbano. Con
dedicación exclusiva, percibirá la cantidad bruta mensual de 2.550,00 €; a percibir en catorce
pagas, doce referidas a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes de las
mensualidades de junio y diciembre, con su correspondiente alta en el Régimen General de la
Seguridad Social.
- Áreas ya creadas mediante acuerdo de pleno de fecha 28 de junio de 2023:
Concejalía Delegada de Urbanismo y Patrimonio. Comercio y Mercados. Turismo y Asuntos
Taurinos. (Sólo se modifica las atribuciones).
Concejalía Delegada de Objetivos de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente. Parques y
Jardines. Cooperación al Desarrollo. Festejos. Radio Comarca de Barros. (No se modifica).
Concejalía Delegada de Servicios Sociales. Infancia y Familias. Discapacidad. Mayores. Vivienda
y Educación. (Sólo se modifica las atribuciones).
Concejalía Delegada de Economía y Hacienda. Fondos Europeos. Seguridad Ciudadana.
Protección Civil. Igualdad. Protección Animal. (No se modifica).
Concejalía Delegada de Acción y Promoción Cultural. Juventud. Participación Ciudadana. (No se
modifica).
Concejalía Delegada de Obras Públicas. Servicio de Aguas. Servicio de Alumbrado Público.
Edificios Municipales. Parque de Obras y Agricultura. (Sólo se modifica las atribuciones).
Segundo. Las retribuciones establecidas para los miembros de la Corporación se actualizarán anualmente de
acuerdo con el incremento que, para el personal al servicio de la administraciones públicas, se establezca en
la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Tercero. El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de estos cargos solo supondrá la
aplicación del régimen de dedicación exclusiva si es aceptado expresamente por aquél, en cuyo caso esta
circunstancia será comunicada al Pleno en la siguiente sesión ordinaria.
Cuarto. El importe de las retribuciones tendrá efectividad desde el día siguiente al del decreto de delegaciones
dictado por la Alcaldía-Presidencia sobre delegación de competencias en los miembros Corporativos, previa
aceptación del designado.
Quinto. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia el acuerdo del Pleno, a los efectos de su
general conocimiento y notificar dicho acuerdo a los interesados y a la Sección de Recursos Humanos y a la
Intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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De conformidad con lo preceptuado por el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen
Local, se hace público, para general conocimiento, el acuerdo adoptado en sesión plenaria ordinaria de 27 de mayo de 2025,
referente a la modificación puntual del vigente régimen de dedicación exclusiva y parcial de la Corporación, siguiente:
Primero. Modificar puntualmente el vigente régimen de dedicación exclusiva y parcial de los miembros de la
Corporación:
- Área de nueva creación:
Concejalía de Recursos Humanos, Servicio de RSU y Limpieza Viaria, Transporte Urbano. Con
dedicación exclusiva, percibirá la cantidad bruta mensual de 2.550,00 €; a percibir en catorce
pagas, doce referidas a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes de las
mensualidades de junio y diciembre, con su correspondiente alta en el Régimen General de la
Seguridad Social.
- Áreas ya creadas mediante acuerdo de pleno de fecha 28 de junio de 2023:
Concejalía Delegada de Urbanismo y Patrimonio. Comercio y Mercados. Turismo y Asuntos
Taurinos. (Sólo se modifica las atribuciones).
Concejalía Delegada de Objetivos de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente. Parques y
Jardines. Cooperación al Desarrollo. Festejos. Radio Comarca de Barros. (No se modifica).
Concejalía Delegada de Servicios Sociales. Infancia y Familias. Discapacidad. Mayores. Vivienda
y Educación. (Sólo se modifica las atribuciones).
Concejalía Delegada de Economía y Hacienda. Fondos Europeos. Seguridad Ciudadana.
Protección Civil. Igualdad. Protección Animal. (No se modifica).
Concejalía Delegada de Acción y Promoción Cultural. Juventud. Participación Ciudadana. (No se
modifica).
Concejalía Delegada de Obras Públicas. Servicio de Aguas. Servicio de Alumbrado Público.
Edificios Municipales. Parque de Obras y Agricultura. (Sólo se modifica las atribuciones).
Segundo. Las retribuciones establecidas para los miembros de la Corporación se actualizarán anualmente de
acuerdo con el incremento que, para el personal al servicio de la administraciones públicas, se establezca en
la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Tercero. El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de estos cargos solo supondrá la
aplicación del régimen de dedicación exclusiva si es aceptado expresamente por aquél, en cuyo caso esta
circunstancia será comunicada al Pleno en la siguiente sesión ordinaria.
Cuarto. El importe de las retribuciones tendrá efectividad desde el día siguiente al del decreto de delegaciones
dictado por la Alcaldía-Presidencia sobre delegación de competencias en los miembros Corporativos, previa
aceptación del designado.
Quinto. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia el acuerdo del Pleno, a los efectos de su
general conocimiento y notificar dicho acuerdo a los interesados y a la Sección de Recursos Humanos y a la
Intervención para su conocimiento y efectos oportunos.
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