Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02061/2025)
Bases de convocatoria para la provisión de tres plazas de Agente de Policía Local
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 2061/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Villanueva de la Serena (Badajoz)
Anuncio 2061/2025
Bases de convocatoria para la provisión de tres plazas de Agente de Policía Local
Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2025, se ha dispuesto convocar pruebas
selectivas para la provisión de tres plazas de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario e
incluidas en la oferta de empleo público de 2025, con arreglo a las siguientes bases:
«BASES PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE ACCESO DE MOVILIDAD Y EL SISTEMA DE SELECCIÓN DE CONCURSO, DE
TRES PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA SERENA E INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2025
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de acceso de movilidad y el sistema de selección de
concurso -según lo previsto en el artículo 55 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura-, de tres plazas de Agente de la Policía Local, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala
de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, categoría Agente; vacantes en la plantilla de personal funcionario
del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena e incluidas en la oferta de empleo público de 2025, aprobada por la Junta de
Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 9 de mayo de 2025 y publicada en el Diario Oficial de Extremadura
número 94, de 19 de mayo siguiente.
1.2. Las personas aspirantes que obtengan destino en los puestos ofertados en la presente convocatoria se integrarán, a
todos los efectos, como personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, con las características,
condiciones de dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que corresponden a
este tipo de puestos, respetándose los derechos de grado y antigüedad que las personas interesadas tuviesen reconocidos,
quedando, respecto de la Corporación local de procedencia, en la situación administrativa de servicio en otras
Administraciones Públicas.
1.3. Las plazas están dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al grupo C, subgrupo C1, según el artículo 76
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, y el artículo 12.3 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de
los Policías Locales de Extremadura; nivel 20 de complemento de destino y demás retribuciones complementarias asignadas
a los puestos a que se adscriban, conforme a la vigente legislación y a lo que la Corporación tenga acordado o pueda
acordar.
1.4. Estarán, además, sujetas a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
1.5. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación, en lo no previsto en estas bases, la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el
texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de la Administración local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías
Locales de Extremadura; el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías
Locales de Extremadura; el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de
puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único; y el Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y demás
normas concordantes de aplicación.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para participar en este proceso selectivo, además de los previstos por la legislación básica para acceder a la función
pública, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos recogidos en el artículo 55.5 de la Ley 7/2017, de 1
de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Villanueva de la Serena (Badajoz)
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Bases de convocatoria para la provisión de tres plazas de Agente de Policía Local
Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2025, se ha dispuesto convocar pruebas
selectivas para la provisión de tres plazas de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario e
incluidas en la oferta de empleo público de 2025, con arreglo a las siguientes bases:
«BASES PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE ACCESO DE MOVILIDAD Y EL SISTEMA DE SELECCIÓN DE CONCURSO, DE
TRES PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA SERENA E INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2025
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de acceso de movilidad y el sistema de selección de
concurso -según lo previsto en el artículo 55 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura-, de tres plazas de Agente de la Policía Local, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala
de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, categoría Agente; vacantes en la plantilla de personal funcionario
del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena e incluidas en la oferta de empleo público de 2025, aprobada por la Junta de
Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 9 de mayo de 2025 y publicada en el Diario Oficial de Extremadura
número 94, de 19 de mayo siguiente.
1.2. Las personas aspirantes que obtengan destino en los puestos ofertados en la presente convocatoria se integrarán, a
todos los efectos, como personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, con las características,
condiciones de dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que corresponden a
este tipo de puestos, respetándose los derechos de grado y antigüedad que las personas interesadas tuviesen reconocidos,
quedando, respecto de la Corporación local de procedencia, en la situación administrativa de servicio en otras
Administraciones Públicas.
1.3. Las plazas están dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al grupo C, subgrupo C1, según el artículo 76
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, y el artículo 12.3 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de
los Policías Locales de Extremadura; nivel 20 de complemento de destino y demás retribuciones complementarias asignadas
a los puestos a que se adscriban, conforme a la vigente legislación y a lo que la Corporación tenga acordado o pueda
acordar.
1.4. Estarán, además, sujetas a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
1.5. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación, en lo no previsto en estas bases, la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el
texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de la Administración local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías
Locales de Extremadura; el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías
Locales de Extremadura; el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de
puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único; y el Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y demás
normas concordantes de aplicación.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para participar en este proceso selectivo, además de los previstos por la legislación básica para acceder a la función
pública, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos recogidos en el artículo 55.5 de la Ley 7/2017, de 1
de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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