Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (02080/2025)
Bases de convocatoria para la incorporación de compañías de teatro en el Programa de Teatro Profesional "D'rule: Artistas en el Territorio", para el año 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 2080/2025

Dos empleados públicos de los Servicios Centrales de Cultura, Deportes y Juventud de la
Diputación Provincial de Badajoz, designados por el órgano convocante.
Técnico Auxiliar de Gestión Cultural.
Secretario General de la Diputación de Badajoz o persona en quien delegue, con voz pero sin
voto.

Secretario: un/a funcionario/a de los Servicios Centrales de Cultura, Deportes y Juventud, designados por el órgano
convocante, con voz pero sin voto.
La Comisión de Valoración, analizará y completará o modificará, en su caso, el informe de preevaluación emitido por el
instructor, y lo hará suyo, convirtiéndose en el informe que concrete el resultado de la evaluación efectuada. El instructor, a
la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la correspondiente propuesta de resolución al
órgano concedente.
7. Resolución de incorporación de propuestas al programa.
El órgano competente para la resolución es el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, sin perjuicio de lo que
dispongan las delegaciones de competencias vigentes, que emitirá resolución motivada en el plazo máximo de 3 meses a
contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado y
notificado resolución expresa se entenderá desestimado por silencio administrativo.
La resolución, además de contener el solicitante o relación de los mismos, hará constar, de manera expresa, la
incorporación o no de la propuesta al programa, indicando en su caso el motivo de la no incorporación.
La resolución dictada por la Presidencia de la Diputación pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la
misma recurso contencioso administrativo en la forma y plazos previstos por Ley reguladora de dicha jurisdicción y,
potestativamente, recurso de reposición conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La notificación de la resolución de la convocatoria se realizará a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
La relación de espectáculos que entren a formar parte del catálogo serán los que aparezcan en el apartado "D'rule" de la
Guía de Artistas y Grupos de la Provincia de Badajoz.
8. Desarrollo del programa.
Las actuaciones se realizarán en el periodo comprendido desde el 1 de septiembre hasta el 21 de diciembre de 2025,
correspondiendo la coordinación de la programación al Área de Cultura, Deportes y Juventud de la Diputación de Badajoz.
Los ayuntamientos beneficiarios celebrarán la actividad y abonarán el importe de la factura al artista o grupo.
La programación deberá estar cerrada antes del 1 de septiembre de 2025. Desde el Área de Cultura, Deportes y Juventud se
contactará con los ayuntamientos beneficiarios para facilitarles los datos del artista o grupo. Los ayuntamientos se pondrán
en contacto con las compañías con la finalidad de cerrar la fecha y hora de las representaciones, debiendo estas convenir a
ambos.
La compañía comunicará al Área de Cultura, Deportes y Juventud, la fecha, lugar y hora de la/s representación/es.
Una vez, haya sido realizada la actividad, el ayuntamiento abonará al grupo el total de su caché (con un máximo de 2.500,00
€ IVA incluido), y posteriormente, solicitará al Área de Cultura, Deportes y Juventud el pago de la subvención
correspondiente con cargo a este programa.
9. Obligaciones de las compañías/empresas seleccionadas.
Las compañías/empresas participantes en el programa estarán obligadas a:
- Realizar la actividad en la fecha, lugar y hora concertada a su efecto, dentro del periodo de ejecución del
programa (1 de septiembre a 21 de diciembre de 2025).
- Aportar los medios técnicos necesarios para el buen desarrollo de la actividad programada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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