Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02035/2025)
Lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso de selección de una plaza de Trabajador/a Social, mediante sistema de concurso-oposición
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 2035/2025

DNI disociado

Apellidos y nombre

***2743**

Valle García, Carmen

***6458**

Vargas Corzo, Gloria

***8791**

Villegas Jiménez, Belén
EXCLUIDOS/AS:

DNI disociado
***7817**

Apellidos y nombre
García Cadaval, María Coronada

Motivo
4

CAUSA DE EXCLUSIÓN:

1. No aporta modelo oficial de solicitud.
2. No aporta titulación, inferior a la requerida o incompleta.
3. No aporta identificación.
4. Solicitud presentada fuera de plazo.
Segundo.- Aprobar la composición del Tribunal de Selección, siendo la siguiente:

Miembro

Identidad

Presidenta

María Gallardo del Río

Suplente

Ismael Albano del Pozo

Vocal 1.º

Alberto Guerrero Blanco

Suplente

María José Rabazo Méndez

Vocal 2.º

Lorena Martínez Amado

Suplente

Juan Francisco Bravo Hernández

Vocal 3.º

María Soledad Araujo Cabello

Suplente

María Dolores Cué Pérez-Olleros

Secretario

Alberto Ortiz García

Suplente

Manuel Rojas Gálvez

Tercero.- Fijar la fecha de la primera prueba el martes 17 de junio de 2025, a las 10:00 horas, en el pabellón
multiusos (antigua caseta municipal), sito c/ Guadiana, s/n de Puebla de la Calzada.
Cuarto.- Publicar la relación definitiva de admitidos/as y excluidos/as en el Boletín Oficial de la Provincia y en
la sede electrónica municipal".
Se informa que el primer ejercicio consistirá en una prueba teórica tipo test según las bases publicadas en el BOP, siendo un
único examen y a las misma hora para todos los aspirantes.
Se recuerda a todos los aspirantes que deberán acudir provistos de su Documento Nacional de Identidad (DNI) y un
bolígrafo azul tipo BIC para la realización de la prueba; igualmente según se recoge en las bases de las convocatoria, los
aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras electrónicas, relojes
ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser
comprobado este extremos en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal, a través de los medios que
estime oportunos. Ante el incumplimiento de esta condición, el Tribunal podrá acordar, motivadamente, la expulsión del
aspirante del proceso selectivo.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación,
conforme a lo establecido en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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