Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malcocinado. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02014/2025)
Aprobación inicial de la modificación presupuestaria consistente en suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería
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Ayuntamiento de Malcocinado
Anuncio 2014/2025
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b),
del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988,
de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a
ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad
específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Segundo.- Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia,
por quince días, durante los cuales las personas interesadas podrán examinarlo y presentar reclamaciones
ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se
hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para
resolverlas."
Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º de la Alcalde, con la
salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente en Malcocinado, a fecha de firma
electrónica.
Malcocinado, a fecha de la firma digital.- Vº Bº El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Ruiz Vizuete.- La Secretaria-Interventora,
Lidia Torres Espino.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b),
del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988,
de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a
ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad
específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Segundo.- Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia,
por quince días, durante los cuales las personas interesadas podrán examinarlo y presentar reclamaciones
ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se
hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para
resolverlas."
Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º de la Alcalde, con la
salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente en Malcocinado, a fecha de firma
electrónica.
Malcocinado, a fecha de la firma digital.- Vº Bº El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Ruiz Vizuete.- La Secretaria-Interventora,
Lidia Torres Espino.
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