Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (01984/2025)
Convenio de colaboración entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección de la Policía Local de Extremadura
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Ayuntamiento de Almendral
Anuncio 1984/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendral
Almendral (Badajoz)
Anuncio 1984/2025
Convenio de colaboración entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del
Tribunal Único en los procesos de selección de la Policía Local de Extremadura
Habiéndose firmado el día 2 de mayo de 2025, el convenio de colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y
Dialogo Social de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los
procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura, de conformidad con lo
previsto en el artículo 8 del decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el registro general de convenios de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIALOGO SOCIAL DE LA JUNTA DE
EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE ALMENDRAL, PARA LA IMPLANTACIÓN DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS DE
SELECCIÓN PARA LA COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA
REUNIDOS
De una parte, don David González Gil, Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, para cuyo
cargo fue nombrado por decreto 84/2023, de 28 de julio (DOE número 146, de 31 de julio), en el ejercicio de las
competencias que tiene atribuidas mediante resolución de 4 de octubre de 2023, por el que se delegan determinadas
competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General de la Consejería (DOE número 194 de 9 de
octubre de 2023).
De otra parte, don Juan Francisco Torrescusa Moreno, Alcalde del Ayuntamiento de Almendral nombrado en sesión plenaria
de fecha 26 de junio de 2023, habiendo sido autorizado para la firma del presente convenio por acuerdo del Pleno municipal
de 28 de marzo de 2025.
Las partes intervienen en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y
recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para formalizar el presente convenio, y a tales efectos.
EXPONEN
Primero.- La Comunidad Autónoma de Extremadura, según dispone el artículo 9.1.41 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene atribuidas de forma
exclusiva las competencias en la coordinación y demás facultades previstas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación con las policías locales de Extremadura. Por su parte, la Ley 7/2017, de 1 de
agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, determina en su artículo 46.3, que los ayuntamientos podrán
solicitar a la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales la colaboración en la realización de las
pruebas de selección para el ingreso o la promoción del personal de las policías locales, pudiendo asumir la citada
Consejería la convocatoria conjunta de varios procesos selectivos mediante la constitución de un Tribunal Único. Asimismo,
desde la Junta de Extremadura se promoverá y potenciarán las convocatorias conjuntas con un Tribunal Único para el mayor
número de municipios de Extremadura, haciendo uso de esta posibilidad siempre que sea posible.
Segundo.- La Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, es competente en materia de interior, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 2 del decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifica la denominación y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Según establece el artículo 6.1.a) del decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Socia, corresponde a la Secretaria General de Interior, Emergencias y
Protección Civil el ejercicio de las funciones que la legislación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y otras normas
del Estado, atribuya a la Junta de Extremadura en materia de coordinación y cooperación con las policías locales.
Tercero.- El decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las policías locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, dedica su Título III a la regulación del Tribunal
Único.
Según dispone el artículo 40.1 del citado decreto, la Junta de Extremadura, a través de la Consejería competente en materia
de coordinación de policías locales, llevará a efecto la colaboración con los ayuntamientos, asumiendo la convocatoria
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Convenio de colaboración entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del
Tribunal Único en los procesos de selección de la Policía Local de Extremadura
Habiéndose firmado el día 2 de mayo de 2025, el convenio de colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y
Dialogo Social de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los
procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura, de conformidad con lo
previsto en el artículo 8 del decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el registro general de convenios de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIALOGO SOCIAL DE LA JUNTA DE
EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE ALMENDRAL, PARA LA IMPLANTACIÓN DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS DE
SELECCIÓN PARA LA COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA
REUNIDOS
De una parte, don David González Gil, Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, para cuyo
cargo fue nombrado por decreto 84/2023, de 28 de julio (DOE número 146, de 31 de julio), en el ejercicio de las
competencias que tiene atribuidas mediante resolución de 4 de octubre de 2023, por el que se delegan determinadas
competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General de la Consejería (DOE número 194 de 9 de
octubre de 2023).
De otra parte, don Juan Francisco Torrescusa Moreno, Alcalde del Ayuntamiento de Almendral nombrado en sesión plenaria
de fecha 26 de junio de 2023, habiendo sido autorizado para la firma del presente convenio por acuerdo del Pleno municipal
de 28 de marzo de 2025.
Las partes intervienen en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y
recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para formalizar el presente convenio, y a tales efectos.
EXPONEN
Primero.- La Comunidad Autónoma de Extremadura, según dispone el artículo 9.1.41 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene atribuidas de forma
exclusiva las competencias en la coordinación y demás facultades previstas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en relación con las policías locales de Extremadura. Por su parte, la Ley 7/2017, de 1 de
agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, determina en su artículo 46.3, que los ayuntamientos podrán
solicitar a la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales la colaboración en la realización de las
pruebas de selección para el ingreso o la promoción del personal de las policías locales, pudiendo asumir la citada
Consejería la convocatoria conjunta de varios procesos selectivos mediante la constitución de un Tribunal Único. Asimismo,
desde la Junta de Extremadura se promoverá y potenciarán las convocatorias conjuntas con un Tribunal Único para el mayor
número de municipios de Extremadura, haciendo uso de esta posibilidad siempre que sea posible.
Segundo.- La Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, es competente en materia de interior, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 2 del decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifica la denominación y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Según establece el artículo 6.1.a) del decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Socia, corresponde a la Secretaria General de Interior, Emergencias y
Protección Civil el ejercicio de las funciones que la legislación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y otras normas
del Estado, atribuya a la Junta de Extremadura en materia de coordinación y cooperación con las policías locales.
Tercero.- El decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las policías locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, dedica su Título III a la regulación del Tribunal
Único.
Según dispone el artículo 40.1 del citado decreto, la Junta de Extremadura, a través de la Consejería competente en materia
de coordinación de policías locales, llevará a efecto la colaboración con los ayuntamientos, asumiendo la convocatoria
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