Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01948/2025)
Aprobación del Plan de igualdad y Protocolo de prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso laboral, sexual, acoso por razón de sexo
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre
Villagarcía de la Torre (Badajoz)
Anuncio 1948/2025
Aprobación del Plan de igualdad y Protocolo de prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso laboral,
sexual, acoso por razón de sexo

El Pleno del Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de mayo del 2025, acordó
aprobar el Plan de igualdad y el Protocolo de prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso laboral, sexual,
acoso por razón de sexo (sexista) y discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de
género y características sexuales de Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre.
El texto íntegro de ambos documentos está publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre, en
la dirección electrónica https://sede.villagarciadelatorre.es.
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 1 a) Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra dicho acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición
potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contenciosoadministrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
Villagarcía de la Torre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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