Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. (01884/2025)
Convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos y actividades por las asociaciones juveniles, deportivas, educativas, culturales y entidades religiosas legalmente constituidas de Los Santos de Maimona, en 2025
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Anuncio 1884/2025
ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.
Si la solicitud no estuviera debidamente cumplimentada o no reuniera los requisitos establecidos, el órgano instructor
requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, con indicación de que, si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución.
En virtud del procedimiento de concesión directa, las ayudas se concederán conforme se vayan solicitando por las entidades
que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases y estarán condicionadas a la previa existencia de crédito
presupuestario.
Las solicitudes de subvención se tramitarán por riguroso orden de entrada en el registro del órgano competente para su
tramitación.
A los efectos de determinar el orden para resolver, se atenderá a la fecha en que la solicitud, debidamente rellenada y
acompañada de todos los documentos reglamentariamente exigidos, hubiere quedado válidamente presentada en el
registro del Excmo. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
9. Criterios de valoración:
a) Número de socios. 2 puntos.
1. Si la asociación cuenta con un número de socios comprendido entre 1 y 20 socios: 0 puntos.
2. Si la asociación cuenta con un número de socios superior a 20: 2 puntos.
b) Uso de local propiedad del Ayuntamiento durante el año. 3 puntos.
1. Si la asociación tiene cedido alguna local propiedad del Ayuntamiento: 0 puntos.
2. Si la asociación no tiene cedido alguna local propiedad del Ayuntamiento: 3 puntos.
c) Uso de material propiedad del Ayuntamiento. 10 puntos.
1. Si las actividades requieren material propiedad del Ayuntamiento tales como escenario,
equipo de sonido, sillas, mesas, material deportivo, etc.: 0 puntos.
2. Si las actividades no requieren material propiedad del Ayuntamiento: 10 puntos.
d) Número de actividades públicas programadas durante el periodo subvencionable. Enunciar cuáles 15
puntos.
1. Si la asociación ha programado menos de 3 actividades durante el periodo subvencionable: 0
puntos.
2. Si la asociación ha programado 3 actividades durante el periodo subvencionable: 10 puntos.
3. Si la asociación ha programado más de 3 actividades durante el periodo subvencionable: 15
puntos.
e) Colaboración con el Ayuntamiento en las actividades que haya organizado durante el año 2024, enumerar.
35 puntos.
1. Si la asociación no ha colaborado con el Ayuntamiento en las actividades organizadas por
este, tales como la fiesta de la vendimia, San Isidro, feria de agosto, tapa solidaria, cabalgata de
reyes…, durante el año 2024: 0 puntos.
2. Si la asociación ha colaborado con el Ayuntamiento en una actividad de las organizadas por
este tales como la fiesta de la vendimia, San Isidro, feria de agosto, tapa solidaria, cabalgata de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección.
Si la solicitud no estuviera debidamente cumplimentada o no reuniera los requisitos establecidos, el órgano instructor
requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, con indicación de que, si así no lo
hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución.
En virtud del procedimiento de concesión directa, las ayudas se concederán conforme se vayan solicitando por las entidades
que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases y estarán condicionadas a la previa existencia de crédito
presupuestario.
Las solicitudes de subvención se tramitarán por riguroso orden de entrada en el registro del órgano competente para su
tramitación.
A los efectos de determinar el orden para resolver, se atenderá a la fecha en que la solicitud, debidamente rellenada y
acompañada de todos los documentos reglamentariamente exigidos, hubiere quedado válidamente presentada en el
registro del Excmo. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
9. Criterios de valoración:
a) Número de socios. 2 puntos.
1. Si la asociación cuenta con un número de socios comprendido entre 1 y 20 socios: 0 puntos.
2. Si la asociación cuenta con un número de socios superior a 20: 2 puntos.
b) Uso de local propiedad del Ayuntamiento durante el año. 3 puntos.
1. Si la asociación tiene cedido alguna local propiedad del Ayuntamiento: 0 puntos.
2. Si la asociación no tiene cedido alguna local propiedad del Ayuntamiento: 3 puntos.
c) Uso de material propiedad del Ayuntamiento. 10 puntos.
1. Si las actividades requieren material propiedad del Ayuntamiento tales como escenario,
equipo de sonido, sillas, mesas, material deportivo, etc.: 0 puntos.
2. Si las actividades no requieren material propiedad del Ayuntamiento: 10 puntos.
d) Número de actividades públicas programadas durante el periodo subvencionable. Enunciar cuáles 15
puntos.
1. Si la asociación ha programado menos de 3 actividades durante el periodo subvencionable: 0
puntos.
2. Si la asociación ha programado 3 actividades durante el periodo subvencionable: 10 puntos.
3. Si la asociación ha programado más de 3 actividades durante el periodo subvencionable: 15
puntos.
e) Colaboración con el Ayuntamiento en las actividades que haya organizado durante el año 2024, enumerar.
35 puntos.
1. Si la asociación no ha colaborado con el Ayuntamiento en las actividades organizadas por
este, tales como la fiesta de la vendimia, San Isidro, feria de agosto, tapa solidaria, cabalgata de
reyes…, durante el año 2024: 0 puntos.
2. Si la asociación ha colaborado con el Ayuntamiento en una actividad de las organizadas por
este tales como la fiesta de la vendimia, San Isidro, feria de agosto, tapa solidaria, cabalgata de
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